GobiernoTransparente

MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2013


SUBSECRETARÍA DE PESCA
Y ACUICULTURA
(Extractos)
Por resolución exenta N° 1.940, de 30 de julio de 2013, de esta Subsecretaría, modifícase el numeral 1.- de la resolución exenta N° 205, de 2013, de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Sardina austral correspondiente a X Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, año 2013, expresadas en toneladas, en el sentido siguiente:
a) Reemplázase la tabla indicada en el inciso 1° por la siguiente:

b) Reemplázase en el inciso 2°, la frase "241 toneladas" por la expresión "315 toneladas".
c) Reemplázase en el inciso 3°, la frase "72 toneladas" por la expresión "95 toneladas".
El texto íntegro de la presente resolución extractada se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 30 de julio de 2013.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.
Por resolución exenta N° 1.941, de 30 de julio de 2013, de esta Subsecretaría, autorízase al INSTITUTO DE FOMENTO PESQUERO para efectuar una pesca de investigación de conformidad con los Términos Técnicos de Referencia del Proyecto FIP 2013-13 denominado Evaluación directa de merluza del sur, merluza de cola y merluza de tres aletas.
El objetivo principal de la pesca de investigación consiste en evaluar el stock desovante de merluza del sur, merluza de cola y merluza de tres aletas, presente en aguas exteriores entre la X y la XII Regiones.
La pesca de investigación se efectuará entre la fecha de publicación de la presente resolución y el 2 de septiembre de 2013, ambas fechas inclusive, en el área marítima comprendida entre las latitudes 43°30‘ L.S. y 47°00‘ L.S., por fuera del área de reserva artesanal y en el área de aguas interiores comprendida entre Cabo Quilán (43°16,6‘ L.S. y 74°24,6‘ L.O.) en la Isla Grande de Chiloé y el Islote Occidental de la Isla Menchuam (45°37,7‘ L.S. y 74°56,8‘ L.O.), entre los paralelos 43°44’17 L.S. y 45°37,7‘ L.S.
En la pesca de investigación que se autoriza participará, utilizando red de arrastre de media agua, el barco científico AGS Cabo de Hornos.
La presente pesca de investigación se ejecutará en dos cruceros, pudiendo extraerse los recursos que se indican en los montos que se señalan: a) Primer crucero: 16 toneladas de merluza del sur y 37 toneladas merluza de cola en calidad de especie objetivo; 5 toneladas de merluza de tres aletas en calidad de fauna acompañante; b) Segundo crucero: 32 toneladas de merluza de tres aletas en calidad de especie objetivo; 17 toneladas de merluza de cola y 2 toneladas de merluza del sur, en calidad de fauna acompañante. Las toneladas autorizadas se imputarán a las fracciones de las cuotas globales anuales de captura de dichos recursos reservadas para fines de investigación.
El Instituto designa como persona responsable de esta pesca de investigación a su Director Ejecutivo, don José Luis Blanco García.
Valparaíso, 30 de julio de 2013.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




VolverTamaño de Fuente