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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2013


SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
(Extractos)
Por resolución N° 2.007, de 7 de agosto de 2013, de esta Subsecretaría, aplícase al armador SOCIEDAD PESQUERA ENFEMAR LTDA. la sanción establecida en el artículo 12 inciso 4° de la ley N° 19.713, respecto de la unidad de pesquería de Merluza común IV Región al paralelo 41°28 6‘ individualizada en el artículo 2° letra m) de la ley N° 19.713.
Descuéntese el 10% del límite máximo de captura autorizado al armador antes individualizado, al momento de la infracción, ascendente a 30,274 toneladas, quedando un remanente para el año 2013, ascendente a 190,544 toneladas.
El descuento antes señalado se hará efectivo respecto de los límites máximos de captura autorizados para el año 2013, mediante decreto exento N° 198, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Valparaíso, 7 de agosto de 2013.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.
Por resolución exenta N° 2.009, de 7 de agosto de 2013, de esta Subsecretaría, recházanse solicitudes números 210101131, 209012001 y 207031031, señaladas en la resolución extractada, y publicada en la página web www.subpesca.cl, en virtud del artículo 78 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y artículo 14 bis del DS N° 290, de 1993, de este Ministerio.
Valparaíso, 7 de agosto de 2013.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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