Por resolución exenta número 6, de 2 de enero de 2014, de esta Subsecretaría, otórgase a CAMANCHACA PESCA SUR S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del DS N° 787, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca que se fijen en los años 2014 a 2023, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 2% fijo de la cuota global anual de captura.
El titular deberá pagar en las fechas que a continuación se indican los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2014: 80 UTM | Diciembre 2019: 80 UTM |
Diciembre 2015: 80 UTM | Diciembre 2020: 80 UTM |
Diciembre 2016: 80 UTM | Diciembre 2021: 80 UTM |
Diciembre 2017: 80 UTM | Diciembre 2022: 80 UTM |
Diciembre 2018: 80 UTM | |
Valparaíso, 2 de enero de 2014.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).