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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2014


Por resolución exenta N° 46, de 9 de enero de 2014, de esta Subsecretaría, otórgase a BRACPESCA S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del DS N° 787 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca que se fijen en los años 2014 a 2023, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 2% fijo de la cuota global anual de captura.
El titular deberá pagar en las fechas que a continuación se indican los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2014: 80 UTM
Diciembre 2015: 80 UTM
Diciembre 2016: 80 UTM
Diciembre 2017: 80 UTM
Diciembre 2018: 80 UTM
Diciembre 2019: 80 UTM
Diciembre 2020: 80 UTM
Diciembre 2021: 80 UTM
Diciembre 2022: 80 UTM

Valparaíso, 9 de enero de 2014.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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