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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2014


Por resolución exenta N° 1.370, de 20 de mayo de 2014 de esta Subsecretaría, otórgase a BRACPESCA S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino amarillo fijada en el artículo 1° del DS N° 787, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca de la especie Langostino amarillo que se fijen en los años 2014 a 2023, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 0,15% fijo de la cuota global anual de captura que se establezca.
El titular del presente permiso extraordinario deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 20146,00 UTM
Diciembre 20156,00 UTM
Diciembre 20166,00 UTM
Diciembre 20176,00 UTM
Diciembre 20186,00 UTM
Diciembre 20196,00 UTM
Diciembre 20206,00 UTM
Diciembre 20216,00 UTM
Diciembre 20226,00 UTM

Déjese sin efecto resolución exenta N° 43, de 2014, de esta Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 20 de mayo de 2014.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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