Por resolución exenta N° 1.375, de 20 de mayo de 2014, de esta Subsecretaría, otórgase a PESQUERA QUINTERO S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino amarillo fijada en el artículo 1° del DS N°787 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca de la especie Langostino amarillo que se fijen en los años 2014 a 2023, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 0,54% fijo de la cuota global anual de captura que se establezca.
El titular del presente permiso extraordinario, deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2014 21,60 UTM | Diciembre 2019 21,60 UTM |
Diciembre 2015 21,60 UTM | Diciembre 2020 21,60 UTM |
Diciembre 2016 21,60 UTM | Diciembre 2021 21,60 UTM |
Diciembre 2017 21,60 UTM | Diciembre 2022 21,60 UTM |
Diciembre 2018 21,60 UTM | |
Déjase sin efecto resolución exenta N° 45, de 2014, de esta Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 20 de mayo de 2014.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.