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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2014


SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
(Extracto)
Por resolución ministerial exenta N° 97, de 30 de junio de 2014, infórmase el valor del Impuesto Específico que los titulares de licencias transables de pesca clase A deberán pagar, correspondiente al año 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura y el artículo décimo séptimo transitorio de la ley N° 20.657:

El impuesto a que alude el artículo anterior deberá pagarse hasta el 31 de julio de 2014 inclusive, mediante el formulario que el Servicio de Impuestos Internos ponga a disposición para dichos efectos.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 30 de junio de 2014.- Paolo Trejo Carmona, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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