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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2014


SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
(Extracto)
Por resolución exenta N° 1.758, de 8 de julio de 2014, de esta Subsecretaría, establece que los centros de cultivo integrantes de la agrupación de concesiones 12 C deberán someterse a la densidad de cultivo establecida por resolución N° 1.449 de 2009, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, o la resolución que la reemplace, en virtud del artículo 5° transitorio del DS N° 4 de 2013, de este Ministerio.
Valparaíso, 8 de julio de 2014.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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