Por resolución exenta N° 1.770, de 8 de julio de 2014, de esta Subsecretaría, fíjanse las densidades para agrupación 9 B:
Fíjase, en la resolución extractada, el número máximo de ejemplares a ingresar por estructura de cultivo de cada uno de los centros de cultivo integrantes de la agrupación 9 B, aplicable en el siguiente período productivo que corresponda. En el caso que los titulares opten por cambiar el tipo de especie de salmónidos a sembrar, el número máximo de ejemplares será el señalado en la resolución extractada.
Valparaíso, 8 de julio de 2014.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.