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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2014


Por resolución exenta N° 2.274, de 29 de agosto de 2014, de esta Subsecretaría, establece que los centros de cultivo integrantes de la agrupación de concesiones 28 C deberán someterse a la densidad de cultivo establecida por resolución N° 1.449,de 2009, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, o la resolución que la reemplace, en virtud del artículo 5° transitorio del D.S. N° 4, de 2013, de este Ministerio.
Valparaíso, 29 de agosto de 2014.- Paolo Trejo Carmona, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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