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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2014


SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
(Extractos)
Por resolución ministerial exenta N° 187, de 27 de noviembre de 2014, rectifícase la R.M. exenta N° 97, de fecha 30 de junio de 2014, que informó el valor del impuesto específico previsto en el artículo 43 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura y el artículo décimo séptimo transitorio de la ley N° 20.657, año 2014, en el sentido de señalar que respecto de titulares de licencias transables de pesca clase A que se indica, los montos por este concepto son los siguientes:

Los montos que exceden del valor del impuesto específico previsto en el artículo 43 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, informados mediante R.M. exenta N° 97 de fecha 30 de junio de 2014, que corresponde devolver a los titulares de licencias transables de pesca antes individualizados, son los siguientes:

El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 27 de noviembre de 2014.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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