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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 999034 2016


(IdDO 999034)
DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA, SARDINA COMúN EN LA VIII REGIÓN AÑO 2016
Por resolución exenta N°469, de 12 de febrero de 2016, de esta Subsecretaría, la distribución de la fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Anchoveta y Sardina común correspondiente a VIII Región, para las organizaciones de pescadores artesanales individualizadas en el artículo 2° del decreto exento N° 227 de 2012, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y sus modificaciones, para el periodo comprendido entre la fecha de la presente resolución y el 31 de diciembre de 2016, expresada en toneladas, se efectuará de la siguiente manera:
A) Pesquería artesanal de Anchoveta:





B) Pesquería artesanal de Sardina común:




Establécese como días de captura, los días lunes a viernes de cada semana, hasta el 1 de mayo de 2016, y, los días lunes a sábado de cada semana, desde el 2 de mayo de 2016 al 31 de diciembre de 2016.
No obstante lo anterior, las embarcaciones de una eslora inferior a doce metros, y las embarcaciones de una eslora igual o superior a doce metros e igual o inferior a quince metros sin tecnificación, operarán por un lapso de diez días al inicio del periodo de pesca de manera exclusiva, exceptuándose en dicho periodo de lo indicado en el párrafo anterior.
Una vez terminado el periodo a que se refiere el inciso anterior, y por el término de 15 días, las embarcaciones artesanales sólo podrán efectuar un zarpe diario, entre los días lunes a viernes.
El texto íntegro de la presente resolución extractada se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 12 de febrero de 2016.- Alejandro Gertosio Ramírez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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