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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1105400 2016



(CVE 1105400)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
NOTIFICA CONFORME A LO SEÑALADO DEL ARTÍCULO 45 INCISO 3° DE LA LEY N° 19.880, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN CONTRA DE JUAN DOMINGO NELSON VENEGAS GONZÁLEZ Y JOSÉ JAVIER CAICO CAUCAMÁN, SOLICITA EMITIR DESCARGOS
En el marco del procedimiento administrativo iniciado en virtud de la resolución exenta N° 938 de 2016 y no constando en el expediente correspondiente el domicilio ni el paradero de don Juan Domingo Nelson Venegas González y José Javier Caico Caucamán, procedemos a notificarlos conforme lo dispuesto en el artículo 45 inciso 3° de la Ley N° 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos Que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 938 exenta.- Valparaíso, 29 de marzo de 2016.
Visto:
Lo informado por la Dirección de Antártica del Ministerio de Relaciones Exteriores mediante C.I. Subpesca N° 9.607 y N° 14.001, ambos de 2015; la Ley N° 19.880 que Establece Bases De Los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.892 General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la resolución N° 1.600 de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que de acuerdo a los antecedentes remitidos a esta Subsecretaría por parte de la Dirección de Antártica del Ministerio de Relaciones Exteriores, las naves Perlon y Viking, ambas de pabellón nigeriano, habrían realizado actividades de pesca ilegal en contravención a las medidas de conservación adoptadas por la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCAMLR, por sus siglas en inglés).
Que dentro de la tripulación de la embarcación Perlon, se encontraban los siguientes chilenos: Sergio Fernando Oyarzo Ampay, cédula de identidad N° 10.955.663-7; José Javier Caico Caucamán, cédula de identidad N° 10.910.302-0.
Que dentro de la tripulación de la embarcación Viking, se encontraba el siguiente chileno: Juan Domingo Nelson Venegas González, cédula de identidad N° 8.777.158-K, capitán de la nave.
Que a través de la Ley N° 20.509, se incorporaron a la Ley N°18.892 General de Pesca y Acuicultura, los artículos 66 bis, 115 bis y el párrafo cuarto del Título IX de la misma ley, que establecen sanciones para los nacionales que participen en actividades de pesca ilegal en aguas de competencia de la Convención.
Que la Ley N° 18.892 General de Pesca y Acuicultura no establece un procedimiento para la aplicación de estas sanciones, por lo tanto, se aplica de forma supletoria las normas de la ley N° 19.880.
Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28 de la ley N° 19.880, a través de la presente resolución se da inicio al procedimiento administrativo sancionatorio.
Resuelvo:
1.- Iníciase el procedimiento administrativo sancionatorio en contra de Sergio Fernando Oyarzo Ampay, José Javier Caico Caucamán, miembros de la tripulación de la nave Perlorr; y Juan Domingo Nelson Venegas González, miembro de la tripulación de la nave Viking, por infracción a los artículos 66 bis, 115 bis y 134 A de la Ley N° 18.892 General de Pesca y Acuicultura.
2.- Ofíciese a la Dirección Generar del Territorio Marítimo y Marina Mercante para que emita informe a esta Subsecretaría, conforme lo establecido en los artículos 115 bis inciso 3° y 134 C, ambas de la Ley N° 18.892 General de Pesca y Acuicultura.
3.- Remítase copia de la presente resolución a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Anótese, comuníquese y archívese.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.
En virtud de lo que dispone el artículo 17 letra f) de la Ley N° 19.880, tienen el derecho de formular alegaciones y descargos, y aportar documentos, los cuales deberán ser tomados en consideración por parte de esta Subsecretaría, al momento de resolver. Dicha documentación debe ser remitida a Bellavista N° 168, piso 16, Valparaíso.




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