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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1693785 2019


(CVE 1693785)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
AUTORIZA A GLOBALPESCA SpA PARA OPERAR NAVE EN ÁREA QUE INDICA
(Extracto)

Por resolución N° 3.593, de 27 de noviembre de 2019, de esta Subsecretaría, autorízase a Globalpesca SpA para realizar actividades pesqueras con la nave Globalpesca I cuyas características náuticas son las siguientes:

Matrícula : 3086
Puerto de origen : Valparaíso
Señal de llamada : CB-7961
Eslora de arqueo : 55,37 m
Manga : 10,00 m
Puntal : 4,20 m
TRG : 1197,00
Número IMO : 9262376
Arte de pesca : Palangre.


La nave individualizada anteriormente podrá operar en el área habilitada de las Subáreas estadísticas 88.1 y 88.2, comprendidas en el ámbito de competencia de la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), donde podrá extraer el recurso hidrobiológico Bacalao antártico.
La solicitante deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el Tratado Antártico y en la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), especialmente las que establezca la comisión y todas las medidas de conservación actualmente vigentes relativas a la pesquería de Bacalao antártico, en las subáreas 88.1 y 88.2, para la temporada 2019-2020, esto es, las medidas de conservación 10-01(2014), 10-02(2016), 10-03(2019), 10-04(2018), 10-05(2018), 10-06(2016), 10-07(2016), 10-08(2017), 10-09(2019), 10-10(2019), 21-02(2019), 22-06(2019), 22-07(2013), 22-08(2009), 22-09(2012), 23-04(2016), 23-05(2000), 23-07(2016), 24-01(2019), 24-02(2014), 24-05(2019), 25-02(2018), 26-01(2019), 31-02(2007), 32-01(2001), 33-03(2019), 41-01(2019), 41-09(2019), 41-10(2019), 91-02(2012) y 91-05(2016).
La presente autorización tendrá vigencia durante la temporada de captura 2019-2020 del recurso Bacalao antártico, la que se inicia el 1 de diciembre de 2019 hasta el 31 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive, o hasta que se alcancen los límites de captura establecidos en las medidas de conservación 41-09(2019) y 41-10(2019).
Valparaíso, 27 de noviembre de 2019.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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