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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1734390 2020


(CVE 1734390)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
RECTIFICA RESOLUCIÓN N° 5 EXENTA, DE 2020, DE ESTA SUBSECRETARÍA, QUE ESTABLECE DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE CONGRIO DORADO EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS, AÑO 2020
(Extracto)
Por resolución exenta N° 576, de 21 de febrero de 2020, de esta Subsecretaría, rectifícase el numeral 1° de la resolución exenta N° 5, de 2020, de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la cuota global anual de captura del recurso Congrio dorado (Genypterus blacodes), de la Región de Los Lagos, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por Área, para las embarcaciones artesanales de una eslora menor o igual a 12 metros, y por organizaciones de pescadores artesanales, para las embarcaciones artesanales de una eslora mayor a 12 metros, año 2020, en el sentido de reemplazar la totalidad de la letra b) ahí indicada por la siguiente:
b) Embarcaciones con eslora mayor a 12 m:



De lo anteriormente señalado, se descuentan a la AG Chiloé 0,353 toneladas, quedando para el año calendario 2020, la siguiente cuota de captura de Congrio dorado:
AG Chiloé 135,947 toneladas.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 21 de febrero de 2020.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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