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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1741755 2020


(CVE 1741755)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

AUTORIZA A ANTARCTIC SEA FISHERIES S.A. PARA OPERAR NAVE EN ÁREA QUE INDICA

(Extracto)

Por resolución N° 767, de 12 de marzo de 2020, de esta Subsecretaría, autorízase a Antarctic Sea Fisheries S.A., para realizar actividades pesqueras con la nave Antarctic Bay, cuyas características náuticas son las siguientes:

Matrícula :3165
Puerto de origen :Valparaíso
Señal de llamada :CB-9738
Eslora de arqueo :51,00 m
Manga :9,50 m
Puntal :4,35 m
TRG :985,00
Número IMO :9092240
Arte de pesca :Palangre.


La nave individualizada anteriormente podrá operar en el área habilitada de la Subárea estadística 48.3, comprendida en el ámbito de competencia de la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), donde podrá extraer el recurso hidrobiológico Bacalao de profundidad.
La solicitante deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el Tratado Antártico y en la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), especialmente las que establezca la Comisión y todas las medidas de conservación actualmente vigentes relativas a la pesquería de Bacalao de profundidad, en el Área estadística 48.3, esto es, las Medidas de Conservación 10-01 (2014), 10-02 (2016), 10-03 (2019), 10-04 (2018), 10-05 (2018), 10-06 (2016), 10-07 (2016), 10-08 (2017), 10-09 (2019), 10-10 (2019), 23-01 (2016), 23-04 (2016), 23-05 (2000), 24-01 (2019), 24-05 (2019), 25-02 (2018), 26-01 (2019), 31-01 (1986), 31-02
(2007), 32-01 (2001), 33-01 (1995) y 41-02 (2019).
La presente autorización tendrá vigencia durante la temporada de captura 2019-2020 del recurso Bacalao de profundidad, la que se inicia el 16 de abril hasta el 14 de septiembre de 2020, ambas fechas inclusive, o hasta que se alcance el límite de captura de 2.327 toneladas, la que será dividida en 0 toneladas para el Área de Ordenación A; 698 toneladas para el Área de Ordenación B; y 1.629 toneladas para el Área de Ordenación C, de acuerdo a lo establecido en la medida de conservación 41-02 (2019).

Valparaíso, 12 de marzo de 2020.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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