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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1812715 2020


(CVE 1812715)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
FIJA DENSIDAD DE CULTIVO PARA LAS AGRUPACIONES DE CONCESIONES DE SALMÓNIDOS QUE INDICA Y FIJA NUMERO MÁXIMO DE EJEMPLARES A INGRESAR EN LAS ESTRUCTURAS DE CULTIVO QUE SEÑALA
(Extracto)

Por resoluciones exentas digitales N° 36, N° 34, N° 38, N° 12, N° 32, N° 22, N° 30, N° 18, N° 29, N° 28, N° 27, N° 33, N° 26, N° 25, N° 19, N° 24, N° 37, N° 35, N° 31, N° 21 y N° 17, todas de esta Subsecretaría, se fijaron las densidades de cultivo que en ellas se señalan, para las agrupaciones 8, 9 B, 10 A, 10 B, 12 B, 17 A, 18 A, 18 B, 19 A, 22 B, 22 C, 24, 28 C, 31 A, 32, 34, 42, 43 A, 45, 49 B y 57, respectivamente, publicadas íntegramente en www.subpesca.cl y en www.sernapesca.cl.
Fijase el número máximo de ejemplares a ingresar por estructura de cultivo de cada uno de los centros de cultivo integrantes de las agrupaciones ya señaladas, según corresponda.
Exceptúanse los centros que se acojan al porcentaje de reducción de siembra, que tendrán la densidad establecida por resolución exenta N° 1.449 de 2009, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, conforme con el artículo 62 del DS N° 319 de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Valparaíso, 4 de septiembre de 2020.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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