(CVE 2278680)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta Nº 408, de 21 de febrero de 2023, de esta Subsecretaría, modifíquese la resolución exenta Nº 2.791, de 2022, de esta Subsecretaría, se estableció la distribución de la fracción artesanal de las pesquerías artesanales de Merluza común correspondientes a las Áreas Centro de la Región de Coquimbo, Centro de la Región de Valparaíso, Sur de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Norte 1, Norte 2 y Sur de la Región del Maule, Norte, Centro y Sur de las Regiones de Ñuble y del Biobío, sometidas al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, período enero-diciembre de 2023, en el sentido de reemplazar las siguientes asignaciones:
Asimismo, modifíquese la resolución exenta Nº 2.792, de 2022, de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la pesquería artesanal de Merluza común correspondiente al Área Sur de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, y Áreas Norte 1, Norte 2 y Sur de la Región del Maule, sometidas al Régimen Artesanal de Extracción individualmente, al interior de las organizaciones de pescadores artesanales que se indica, por el mismo período, en el sentido de reemplazar las siguientes asignaciones:
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 21 de febrero de 2023.- Paulo Sepúlveda Sepúlveda, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).