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MINISTERIO DE ECONOMIA


DO 1889326 2021


DO 2023-12-13 MINISTERIO DE ECONOMIA

(CVE 2419824)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

AUTORIZA A BLUMAR S.A. PARA CAPTURAR CUOTA DE JUREL TRANSFERIDA DE ACUERDO A LA REGULACIÓN DE LA OROP-PS

(Extracto)

Por resolución N° 508, de 6 de diciembre de 2023, de esta Subsecretaría, autorízase a Blumar S.A., para capturar 9.300 toneladas del recurso Jurel provenientes de la transferencia efectuada por la República de Vanuatu, de conformidad con el párrafo 8° de la Medida de Conservación y Ordenamiento para Trachurus murphyi, MCO 01-2023, adoptada por la Comisión de la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur y aprobada mediante resolución exenta N° 1.006, de 2023, de esta Subsecretaría.

Para efectos de la captura autorizada en la presente resolución, la peticionaria podrá operar con las naves Don Alfonso, Don Edmundo, Cobra, Rapa Nui y Yelcho I, de su propiedad, y con las naves Ruth, Don Manuel y Cazador, cuyo armador es Foodcorp Chile S.A., con las naves Corsario I, Bucanero I, María José, Pehuenco y Pelícano, cuyo armador es Camanchaca Pesca Sur S.A., con las naves Albimer, Claudia Alejandra, Collen, Atacama IV, Costa Grande 1 y Licantén, cuyo armador es Camanchaca S.A., con las naves Ventisquero, Líder, Vesterveg, Lonco, Don Julio y San José, cuyo armador es Orizon S.A.

Fíjase como zona de operación de las naves antes individualizadas el área de aplicación de la Convención sobre la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros en el Alta Mar en el Océano Pacífico Sur, como asimismo la Zona Económica Exclusiva de Chile correspondiente a las unidades de pesquería donde la peticionaria posea licencia transable de pesca para el recurso Trachurus murphyi.

La solicitante deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley General de Pesca y Acuicultura, en la Ley de Navegación, en la Convención sobre la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros en el Alta Mar en el Océano Pacífico Sur, en las Medidas de Conservación y Ordenamiento adoptadas por la Comisión de la mencionada Convención actualmente vigentes.

La presente autorización tendrá vigencia a contar de la fecha de publicación del extracto de la presente resolución en el Diario Oficial y hasta el 31 de diciembre de 2023, ambas fechas inclusive, o hasta que se alcance el límite de captura de 9.300 toneladas señalado en el numeral 1°, lo que ocurra primero.

Valparaíso, miércoles 6 de diciembre de 2023.- Paulo Sepúlveda Sepúlveda, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).






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