(CVE 2460156)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución ministerial exenta Nº 9, de 29 de diciembre de 2023, modifícase el artículo 1º de la resolución ministerial exenta Nº 4 de 2023, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que informó el valor del impuesto específico del artículo 43 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2023, en el sentido de señalar los siguientes saldos a cobrar, para los titulares de licencias transables de pesca clase A, en la pesquería de Anchoveta en sus unidades de pesquerías de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta, Atacama a Coquimbo y Valparaíso a Los Lagos, que se indica:
Diferenciales por cobrar año 2023, para los titulares en las unidades de pesquería de Anchoveta Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta, Atacama a Coquimbo y Valparaíso a Los Lagos:
Tabla 1:
Rectifícase el artículo 1º de la resolución ministerial exenta Nº 4, de 2023, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que informó el valor del impuesto específico del artículo 43 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2023, en el sentido de señalar los siguientes saldos a cobrar, para los titulares de licencias transables de pesca clase A, los que se indican a continuación:
Tabla 2: Diferenciales por cobrar año 2023, por titular LTP-A
Los titulares tendrán el plazo de 120 días hábiles para efectuar los pagos respectivos, mediante el formulario que el Servicio de Impuestos Internos ponga a disposición para dichos efectos.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 29 de diciembre de 2023.- Paulo Sepúlveda Sepúlveda, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).