(CVE 2479323)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resoluciones exentas Nos 439, 655, 656, 657, 658, 659, 660, 662, 661, 663, 664 y 665, todas de 2024 y de esta Subsecretaría, fíjanse las densidades para agrupaciones 18D, 18E, 21B, 21D, 22A, 22D, 23A, 27, 28A, 29, 31B y 33:
Exceptúanse los centros que se acojan al porcentaje de reducción de siembra, que tendrán la densidad establecida por resolución exenta N° 1.449 de 2009, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, de conformidad con el artículo 62 del DS N° 319 de 2001, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Valparaíso, 11 de abril de 2024.- Constanza Silva Hernández, Jefa División de Acuicultura, Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.