(CVE 2472663)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta N° 778, de 25 de marzo de 2024, de esta Subsecretaría, modifícase la resolución exenta N° 2.187 de 2010, modificada por las resoluciones exentas N° 2.889 de 2013, N° 796 de 2014, N° 1.249 de 2015, N° 1.391 y N° 1.861, ambas de 2016, y N° 3.320 de 2018, todas de esta Subsecretaría, la cual aprobó el Plan de Manejo para el recurso Huiro macro o flotador, en el sector de Bahía Chasco, en la Región de Atacama, en el sentido de reemplazar en su numeral 3.-, la nómina de pescadores artesanales participantes del plan de manejo, por la indicada en la resolución extractada.
Modifícase, asimismo, el N° 2 de la citada resolución, en el sentido de reemplazarlo por el siguiente:
"2.- La nómina señalada en el numeral 1.- letra A) de la resolución que la autoriza tendrá una vigencia y podrá realizar operaciones extractivas hasta el 31 de diciembre de 2024. No obstante lo anterior, y para los efectos de acreditar el requisito de habitualidad que exige el plan de manejo, solamente se considerarán las operaciones efectuadas entre el 1 de enero y 15 de noviembre de 2024, ambas fechas inclusive".
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, lunes 25 de marzo de 2024.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.