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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2011


Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA LAS
FUERZAS ARMADAS
Dirección General de Aeronáutica Civil
DISPONE QUE LAS EMPRESAS AÉREAS QUE OPEREN ENTRE LA CIUDAD DE PUERTO MONTT Y LAS LOCALIDADES DE CHAITÉN Y AYACARA DEBERÁN PRESENTAR MANIFIESTOS DE PASAJERO
(Resolución)
Santiago, 26 de agosto de 2011.- Con esta fecha se ha dictado la siguiente:
Núm. 961.- Vistos y Considerando:
a) Lo solicitado por el Gobernador de la provincia de Palena, mediante carta de fecha 14 de junio de 2011, en la que requiere a esta Dirección General la entrega de copias de los manifiestos de pasajero, de los vuelos que se realicen entre la ciudad de Puerto Montt y las localidades de Chaitén y/o Ayacara, con el propósito de validar el subsidio aéreo que le corresponde a los residentes de esa provincia.
b) Que en conformidad al principio de coordinación establecido en el artículo 5° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, los órganos que la integran deben cumplir sus cometidos de manera coordinada y propender a la unidad de acción.
c) La facultad contenida en el artículo 83 del Código Aeronáutico, aprobado por la ley N° 18.916, que establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil tiene facultad de controlar o inspeccionar las aeronaves, a su tripulación y a las personas y cosas transportadas a bordo.
d) Que en consecuencia, procede requerir a las empresas aéreas que operan en la Décima Región, en las localidades indicadas por el Gobernador de la provincia de Palena, los manifiestos de pasajero, con el objeto que esa autoridad ejerza el control correspondiente.
Resuelvo:
1. Las empresas aéreas que operen en la Décima Región, entre la ciudad de Puerto Montt y las localidades de Chaitén y Ayacara, deberán presentar manifiestos de pasajero, en cada vuelo, en las dependencias aeronáuticas del Aeropuerto El Tepual, La Paloma o Santa Bárbara, según sea el caso.
2. Las empresas aéreas que operen desde el aeródromo Ayacara y que aterricen en aeródromos en los cuales se proporcionen servicios aeronáuticos, deberán hacer entrega del manifiesto de pasajeros en dichas dependencias, una vez finalizado el vuelo.
3. Remítase copia de los manifiestos de pasajeros de los vuelos que operen en las localidades individualizadas anteriormente a la Gobernación Provincial de Palena.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Jaime Alarcón Pérez, General de Brigada Aerea (A), Director General.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- David Dueñas Santander, Fiscal Subrogante.




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