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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS / ARMADA DE CHILE


DO 1180721 2017


(CVE 1180721)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Armada de Chile

Dirección General de los Servicios

DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA

(Resolución)

Núm. 2 D.G.S.A. Ordinario N° 4100/600/35 Vrs.- Valparaíso, 6 de enero de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.928, que fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento contenido en el decreto supremo N° 95 del Ministerio de Hacienda, del año 2006; los artículos 2°, 3°, 5° y 9° del DFL N° 1/19.653 del año 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en decreto supremo N° 250 del Ministerio de Hacienda, del año 2004; la ley N° 20.981, que establece el presupuesto del sector público para el año 2017; lo dispuesto por resolución D.G.S.A. Ord. N° 4100/600/334 Vrs., del 2 de enero de 2015, que delega facultad en el Jefe de Departamento de Bienestar Social de Magallanes; y la resolución N° 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, que fija normas de exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

1.- Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 1, de la ley N° 18.928, el Director General de los Servicios, es la autoridad facultada para efectuar, en representación del Fisco, adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios, a título gratuito u oneroso, pudiendo al efecto celebrar y suscribir los contratos correspondientes.
2.- Que la facultad señalada tiene por objeto satisfacer los requerimientos logísticos de la Armada en todos sus niveles en forma cabal, oportuna y eficiente; de manera que ésta pueda cumplir con las funciones y fines que le han sido encomendados por la Constitución y la Ley.
3.- Que la cantidad de adquisiciones de bienes y contratación de servicios que anualmente realiza la Institución es significativa, por lo que se requiere adoptar procedimientos que permitan utilizar de manera racional, eficiente y de forma óptima los recursos institucionales.
4.- Que la delegación de facultades en materias específicas de cada cargo permite una eficiente e idónea administración y asignación de los medios públicos en cumplimiento de las funciones y tareas propias correspondientes a la administración del material naval.
5.- Que el artículo 2° de la Ley N° 18.928 faculta al Director infrascrito para delegar en materias específicas, las atribuciones indicadas en el considerando N° 1.- precedente, en el Oficial de la respectiva institución que se determine.
6.- Que según lo señalado por la Dirección de Bienestar Social de la Armada, en mensaje Direbien Rutina N° 221030, de diciembre de 2016, existe la especial necesidad de contratar los trabajos de Mantenimiento en diversas viviendas fiscales, en la población Naval Fitz Roy, de la ciudad de Punta Arenas, todos con cargo a recursos presupuestarios del año 2017.

Resuelvo:

1.- Delégase en el Capitán de Fragata Sr. John Jessop Del Canto, RUT 12.610.352-2, la facultad de celebrar, en representación del Fisco - Armada, y en el ámbito técnico que les corresponde, las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios en la forma establecida en la reglamentación vigente, extendiendo las resoluciones y suscribiendo y celebrando todos los actos administrativos, y contratos correspondientes, tanto sobre la base de licitación y propuestas públicas o privadas, como por trato directo, en las materias y montos que a continuación se señala:

- Mantención de casas en población Naval Fitz Roy, de la ciudad de Punta Arenas, hasta por un monto total de $330.000.000.- (trescientos treinta millones de pesos), con cargo a recursos presupuestarios asignados para el año 2017.

2.- Declárase que el ejercicio de las facultades delegadas deberá ceñirse estrictamente a las disposiciones de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, así como a las normas de la ley N° 18.928 y al resto de la normativa aplicable al caso.

3.- Dispónese que, el Departamento de Bienestar Social de Magallanes, deberá mantener un registro de todos los documentos y contratos suscritos y celebrados en virtud de las facultades delegadas, con la individualización de la empresa con la cual se celebró cada contrato, el motivo del mismo, su monto, financiamiento y forma de pago, y remitir a la Contraloría de la Armada, trimestralmente, un listado detallado de los mismos.

4.- Anótese, tómese razón, publíquese en el Diario Oficial, regístrese y comuníquese a quienes corresponda, para su conocimiento y cumplimiento.- Kurt Hartung Sabugo, Vicealmirante, Director General de los Servicios.




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