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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS - ARMADA DE CHILE


DO 1272154 2017


(CVE 1272154)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Armada de Chile
Dirección General de los Servicios
DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA
(Resolución)
Núm. D.G.S.A. Ordinario N° 4.100/600/1.044 Vrs.- Valparaíso, 6 de septiembre de 2017.

Visto:

Lo solicitado por mensaje de la Comandancia en Jefe de la Primera Zona Naval 041600 de septiembre de 2017; lo dispuesto en la Ley N° 18.928, que fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento contenido en el decreto supremo N° 95 del Ministerio de Hacienda, del año 2006; los artículos 2°, 3°, 5° y 9° del DFL N° 1/19.653, del año 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en decreto supremo N° 250 del Ministerio de Hacienda, del año 2004; lo dispuesto por resolución DGSA Ord. N° 4.100/600/2.241 Vrs., del 16 de diciembre de 2014, que delega facultad en la autoridad que señala; y la resolución N° 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, que fija normas de exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

1.- Que, conforme se establece en las disposiciones legales citadas, el Director General de los Servicios, es la autoridad facultada para efectuar, en representación del Fisco, las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios, a título gratuito u oneroso, pudiendo al efecto celebrar y suscribir los contratos correspondientes.
2.- Que, la facultad señalada tiene por objeto satisfacer los requerimientos logísticos de la Armada en todos sus niveles en forma cabal, oportuna y eficiente; de manera que ésta pueda cumplir con las funciones y fines que le han sido encomendados por la Constitución y la Ley.
3.- Que, la cantidad de adquisiciones de bienes y contratación de servicios que anualmente realiza la Institución es significativa, por lo que se requiere adoptar procedimientos que permitan utilizar de manera racional, eficiente y de forma óptima los recursos institucionales.
4.- Que la delegación de facultades en materias específicas de cada cargo permite una eficiente e idónea administración y asignación de los medios públicos en cumplimiento de las funciones y tareas propias correspondientes a la administración del material naval.
5.- Que, el artículo 2° de la Ley 18.928 faculta al Director infrascrito para delegar en materias específicas, las atribuciones indicadas en 1.-, en el oficial de la respectiva institución que se determine.
6.- Que por mensaje Prizona 041600 de septiembre de 2017, se ha solicitado ampliar la delegación de facultades otorgada por resolución DGSA. Ord. N° 4.100/600/2.241 Vrs., del 16 de diciembre de 2014, citada en Visto, objeto contratar el servicio de alimentación para las próximas Elecciones Presidenciales año 2017, en el Jefe del Departamento de Abastecimiento de la Comandancia en Jefe de la Primera Zona Naval, hasta la suma de 1.000 UTM.

Resuelvo:

1.- Delégase en el Jefe del Departamento de Abastecimiento de la Comandancia en Jefe de la Primera Zona Naval, la facultad de contratar el servicio de alimentación para las próximas Elecciones Presidenciales año 2017, extendiendo las resoluciones y suscribiendo y celebrando todos los actos administrativos, y contratos correspondientes, tanto sobre la base de licitación y propuestas públicas o privadas, como por trato directo, hasta la suma de 1.000 UTM.
2.- Declárase que el ejercicio de las facultades delegadas deberá ceñirse estrictamente a las disposiciones de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su reglamento, así como a las normas de la ley N° 18.928 y al resto de la normativa aplicable al caso.
3.- Dispónese, que la resolución DGSA Ord. N° 4.100/600/2.241 Vrs., de 16 de diciembre de 2014, se mantiene en todas sus partes.
4.- Dispónese, además, que la Comandancia en Jefe de la Primera Zona Naval, deberá mantener un registro de todos los documentos y contratos suscritos y celebrados en virtud de las facultades delegadas remitiendo a la Contraloría de la Armada, un listado detallado de todas las actuaciones efectuadas.
5.- Déjase constancia, también, que la presente delegación de facultades por tratarse de normas de excepción, no admite aplicación de las normas de sucesión de mando ni de subrogación, por lo que mandos y autoridades delegadas deberán prevenir y planificar con antelación situaciones de ausencia del titular.

6.- Anótese, regístrese y comuníquese a quienes corresponda, para su conocimiento y cumplimiento.- Kurt Hartung Sabugo, Vicealmirante, Director General de los Servicios.




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