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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL


DO 1353952 2018

DO 2021-03-23 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS
 

 

(CVE 1913730)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Subsecretaría para las Fuerzas Armadas

MODIFICA RESOLUCIÓN N° 2.789 EXENTA, DE FECHA 27 DE MAYO DE 2020, DE LA SUBSECRETARÍA PARA LAS FUERZAS ARMADAS

(Resolución)

Núm. 1.064 exenta.- Santiago, 23 de febrero de 2021. Vistos:

La ley N° 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional; la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura; la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el DS. N°

290 de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Concesiones de Acuicultura; la resolución exenta N° 2.789, de fecha 27 de mayo de 2020, modificada por las resoluciones exentas N° 5.387, de fecha 30 de octubre de 2020, y N° 480, de fecha 21 de enero de 2021, todas de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, Ministerio de Defensa Nacional, y la resolución N° 7, de 2019, de Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, mediante la resolución exenta N° 2.789, de fecha 27 de mayo de 2020, esta Subsecretaría estableció un procedimiento para otorgar prórrogas para iniciar o reanudar actividades respecto de las concesiones de acuicultura de especie salmónidos que indica. Ello, con el propósito de adoptar medidas regulatorias excepcionales para facilitar un adecuado y oportuno funcionamiento de la industria salmonera, frente a la pandemia mundial provocada por la propagación de la enfermedad denominada "Covid-19".

2. Que, el numeral 2, letra e), de la citada resolución exenta N° 2.789, modificada por resoluciones exentas N° 5.387 de 2020 y N° 480 de 2021, dispuso que, una vez analizados los antecedentes, esta Subsecretaría dictará un o más actos administrativos que se pronuncien respecto de las solicitudes efectuadas a su amparo, dentro del plazo de 140 días hábiles, contados desde el 4 de agosto de 2020.

3. Que, no obstante lo anterior, si bien a la fecha han sido resueltas un alto número de solicitudes de prórroga presentadas al amparo de la resolución exenta N° 2.789 de 2020, antes citada, aún se encuentran pendientes trámites que requieren de mayor análisis y estudio por parte de la Autoridad y que, para ello, se hace necesario contar con documentación adicional y mayores antecedentes de los requeridos, para lo cual se deben realizar distintas diligencias con los propios concesionarios y/o contar con el pronunciamiento de otros servicios sectoriales.

4. Bajo estas circunstancias y ante la necesidad de contar con tiempo suficiente para emitir un pronunciamiento pormenorizado para cada una de las solicitudes actualmente pendientes, es que se ha adoptado la decisión de que dichos casos sean resueltos sin sujeción al plazo dispuesto en la resolución exenta N° 2.789 de 2020, pero ajustándose a los plazos establecidos en la ley.

5. Que, atendido el mérito de lo expuesto en los párrafos precedentes, se procederá a modificar la resolución exenta N° 2.789, de 27 de mayo de 2020, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, Ministerio de Defensa Nacional, en la forma indicada en la parte resolutiva de este acto.

Resuelvo:

1. Modifícase la resolución exenta N° 2.789, de 27 de mayo de 2020, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, y reemplácese la letra e) del numeral segundo de la parte resolutiva, según se indica:

“e) Una vez analizados los antecedentes, se dictará uno o más actos administrativos que se pronuncien respecto de las solicitudes ingresadas, para lo cual se dispondrá de un plazo de 140 días hábiles, contados desde el 4 de agosto de 2020, con excepción de aquellos trámites que requieran antecedentes adicionales para su resolución, los que estarán sujetos al procedimiento y a los plazos dispuestos en la ley”.

2. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial.

Anótese, comuníquese y archívese.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.

Lo que se transcribe para su conocimiento.- Miguel Cáceres Plaza, Jefe División Jurídica (S), Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.

 

 






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