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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL


DO 1353952 2018

DO 2021-04-01 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS / DIRECCION GENERAL DE MOVILIZACION NACIONAL
 

 

(CVE 1920042)

Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Dirección General de Movilización Nacional

AMPLÍA PLAZO DISPUESTO POR RESOLUCIÓN, RESPECTO A RENOVACIONES ANUALES DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO NACIONAL Y OTROS A USUARIOS DE LA LEY

(Resolución)

Núm. 818 exenta.- Santiago, 22 de marzo de 2021.

Vistos:

1. Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile.

2. Lo establecido en el DFL 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

3. Lo señalado en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

4. Lo dispuesto en la ley N° 17.798, sobre "Control de Armas" y su Reglamento Complementario, contenido en el decreto supremo N° 83, de 2008, del Ministerio de Defensa Nacional.

5. La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón.

6. Decreto N° 72, de 11 de marzo de 2021, que prorroga declaración de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el territorio de Chile.

7. Resolución exenta N° 4.049, de fecha 27 de noviembre de 2020, que amplía plazo dispuesto por resolución, respecto a renovaciones anuales de inscripciones del Registro Nacional y otros a usuarios de la ley.

Considerando:

Que, conforme a lo dispuesto por el acto administrativo indicado en el N° 7 de "Vistos", y atendido a la necesidad de seguir adoptando medidas dirigidas a disminuir el riesgo de contagio, tanto para los usuarios de la ley, como también para el personal que se desempeña en las Autoridades Fiscalizadoras, resulta del todo necesario ampliar el plazo de 1 de marzo de 2021, incorporando los permisos, autorizaciones y acreditaciones relativas a la ley N°17.798 sobre Control de Armas.

Resuelvo:

1. Amplíase el plazo para la renovación anual hasta el 30 de septiembre de 2021, para la totalidad de los usuarios de la ley inscritos en los registros nacionales de esta Dirección General de Movilización Nacional, cuyo término de vigencia se verifique desde el 2 de marzo del año 2020 y que, en atención a la situación sanitaria que afecta a nivel mundial, se encuentran imposibilitados o han tenido dificultades para efectuar los trámites correspondientes.

2. En el mismo sentido, todas aquellas actuaciones (inscripciones, permisos, renovaciones, acreditaciones. etc.) no contempladas en el N° 1 del "Resuelvo", otorgadas en virtud de la ley N°17.798, sobre Control de Armas, se entenderán incluidas a este nuevo plazo otorgado.

3. Asimismo, la vigencia de los documentos y exámenes requeridos para la inscripción de un arma de fuego, emitidos desde el 2 de marzo de 2020, tendrán aquella que naturalmente les corresponde, extendiéndose en los casos que superen dicha vigencia, hasta el 30 de septiembre de 2021.

4. Las Autoridades Fiscalizadoras que presenten situaciones de usuarios en las condiciones indicadas, deberán comunicar vía mensaje Outlook a la sección correspondiente del Departamento de Control de. Armas y Explosivos, quienes realizarán las gestiones necesarias para su solución.

5. Anótese, comuníquese y publíquese la presente resolución. Remítase un ejemplar a todas las Autoridades Fiscalizadoras de la ley N°17.798 y publíquese en la página www.dgmn.cl. Remítase la resolución original con sus antecedentes a la Ayudantía General (Centro de Mensaje)

de esta Dirección General.- Luis Rojas Edwards, General de Brigada, Director General de Movilización Nacional.

 

 






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