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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 1353952 2018

DO 2022-05-28 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS

(CVE 2135149)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Fuerza Aérea de Chile / Dirección General de Aeronáutica Civil

APRUEBA LA PRIMERA ENMIENDA A LA CUARTA EDICIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE INSTRUCCIÓN SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL (PNISAC) Y DEROGA LA RESOLUCIÓN QUE APROBÓ LA DAN 17 04

(Resolución)

Núm. 04/3/0041/0646 exenta.- Santiago, 11 de mayo de 2022.

Vistos:

a) Ley Nº 16.752, de 1968, que fija la Organización y Funciones y Establece las Disposiciones Generales de la Dirección General de Aeronáutica Civil.

b) Ley Nº 18.916, de 1990, que aprueba el Código Aeronáutico.

c) DFL Nº 1-19.653, de 2000, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

d) Ley Nº 19.880, de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

e) Decreto Nº 360, de 2018, del Ministerio de Defensa Nacional, que modifica decreto supremo Nº 222, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento Orgánico y de Funcionamiento de la Dirección General de Aeronáutica Civil.

f) Decreto Nº 116, de 2022, del Ministerio de Defensa Nacional, que Modifica decreto supremo Nº 63, de 2008, del Ministerio de Defensa Nacional que aprueba Reglamento Sobre Seguridad, Protección de la Aviación Civil Contra Actos de Interferencia Ilícita (DAR 17).

g) Decreto supremo Nº 1, de 2021, del Ministerio de Defensa Nacional (SS.FF.AA.), nombra al Sr. Jorquera Conrads Raúl Ernesto, General de Brigada Aérea (A), como Director General de Aeronáutica Civil.

h) Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma razón.

i) Resolución exenta Nº 28, de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, aprueba Quinta Edición del PRO ADM 01 "Gestión Documental y Archivo de la DGAC".

j) Resolución exenta Nº 728, de 2010, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Primera Edición del Procedimiento Aeronáutico Empleo de Canes para la Detección de Explosivos en los Aeródromos (PRO 1759).

k) Resolución exenta Nº 842, de 2018, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Tercera Edición del Manual de Referencias de Actividades de Vigilancia y de Control de Calidad (MTA 1702).

l) Resolución exenta Nº 638, de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Tercera Edición de la Norma Aeronáutica Requisitos para la Certificación de Instructores y Aprobación de Programas de Instrucción en Materias de Seguridad de la Aviación Civil (DAN 1704).

m) Resolución exenta Nº 639, de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Cuarta Edición de la Norma Aeronáutica Servicios de Seguridad Privada en los Recintos Aeronáuticos (DAN 1702).

n) Resolución exenta Nº 852, de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Cuarta Edición del Programa Nacional de Instrucción Seguridad de la Aviación Civil (PNISAC).

o) Resolución exenta Nº 893, de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Cuarta Edición del Programa Nacional de Seguridad de la Carga Aérea (PNSCA).

p) Resolución exenta Nº 999, de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Sexta Edición del Programa Nacional del Control de la Calidad en la Seguridad de la Aviación Civil (PNCCSAC).

q) Resolución exenta Nº 04/3/0062/0680, de 2021, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Primera Enmienda a la Tercera Edición del Compendio de Procedimientos del Servicio de Seguridad Aeroportuaria (PRO 1700).

r) Resolución exenta Nº 04/3/0106/1272, de 2021, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Primera Enmienda a la Sexta Edición del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil (PNSAC).

s) Oficio Ordinario Nº 12/240, del 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Departamento Recursos Humanos, cuyo objetivo es informar sobre proyecto de modificación al PNISAC.

t) Oficio Reservado Nº 09/2/406, del 23 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Departamento Aeródromos y Servicios Aeronáuticos, cuyo objetivo es solicitar revisión de propuesta de modificación del PNISAC.

u) Actas de Reunión, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, producto de la mesa técnica de trabajo del PNISAC.

Considerando:

a) De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 3º de la ley 16.752, de los Vistos letra a), la Dirección General de Aeronáutica Civil debe mantener actualizada las normas en materias de Seguridad de Aviación Civil.

b) La necesidad de incluir nuevos antecedentes al programa aeronáutico mencionado en los Vistos letra n), solicitados mediante los documentos oficiales citados en los Vistos literales s) y t).

c) Los acuerdos de los documentos señalados en los Vistos, letra u), que hace necesario transferir el contenido de la norma aeronáutica DAN 17 04 citada en los Vistos letra l), al Programa Nacional de Instrucción de Seguridad de la Aviación Civil (PNISAC), indicado en los Vistos, letra n).

Resuelvo:

1. Apruébase la Primera Enmienda a la Cuarta Edición del Programa Nacional de Instrucción de Seguridad de la Aviación Civil (PNISAC).

2. Derógase la resolución exenta Nº 638, de 28 de junio de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Tercera Edición de la Norma Aeronáutica Requisitos para la Certificación de Instructores y Aprobación de Programas de Instrucción en Materias de Seguridad de la Aviación Civil (DAN 17 04).

VIGENCIA

El presente Programa entrará en vigencia a contar de la fecha de publicación de la presente edición. Sin perjuicio de ello, las personas o entidades que al momento de publicarse la edición a la presente norma tengan una acreditación o autorización vigente para realizar alguna actividad inherente a instrucción en materias de seguridad de la aviación, mantendrán su vigencia hasta la fecha de su vencimiento, debiendo cumplir con los requisitos del presente programa al momento de su renovación.

Anótese y comuníquese.- Raúl Jorquera Conrads, General de Aviación, Director General.






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