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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 1353952 2018

DO 2023-03-03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS

(CVE 2280318)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Fuerza Aérea de Chile

Comandancia en Jefe Comando Logístico

AUTORIZA DELEGACIÓN DE FACULTADES DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 18.928, EN EL DIRECTOR EJECUTIVO Y EN EL GERENTE LOGÍSTICO DE LA FERIA INTERNACIONAL DEL AIRE Y DEL ESPACIO DE LA FUERZA AÉREA DE CHILE, PARA EFECTUAR PROCESOS DE ADQUISICIÓN HASTA POR LOS MONTOS MÁXIMOS QUE SE INDICAN

(Resolución)

Núm. "P" 193/2023.- Cerrillos, 27 de enero de 2023.

I. Vistos

A.- Lo establecido en el artículo 9 del DFL N° 1 del 2001, ley N° 19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

B.- La ley N° 19.880, que "Establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado".

C.- Lo señalado en la ley N° 18.928, que fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas, y el artículo 4 de su Reglamento, aprobado por el decreto supremo (H) N° 95 del año 2006.

D.- Lo preceptuado en la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y en su Reglamento, contenido en el decreto supremo (H) N° 250, del año 2004.

E.- Lo dispuesto en el artículo 56 del decreto N° 2.421 del Ministerio de Hacienda que fija el texto refundido de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.

F.- Las resoluciones Nos 7 y 14 de la Contraloría General de la República.

G.- Las facultades que me confiere el Reglamento Serie "A" N° 5, Estructural de Funcionamiento del Comando Logístico.

H.- Lo establecido en el Manual Serie "C" N° 63, relativo a las Adquisiciones para la Contratación de Suministros y Prestación de Servicios a Nivel Nacional.

I.- Lo dispuesto en el Reglamento Serie "D" N° 4, relativo a la Administración de los Bienes Fiscales de la Fuerza Aérea de Chile.

J.- La resolución exenta de la Fuerza Aérea de Chile (C.L) N° 4/347, de fecha 22 Mar.2010, que delega facultad del artículo 1° de la Ley N° 18.928 a Comandantes de Unidades y Oficiales que se indica.

K.- El Oficio C.L. FIDAE G.L. "P" N° 72/C.L. de fecha 11 Ene.2023, que "solicita elaboración de Resolución delegatoria que se indica", y

II.- Considerando

A.- Que, mediante Oficio C.L. Fidae G.L. "P" N° 72/C.L. de fecha 11 ene.2023, citado en la letra J.- de los Vistos, la Feria Internacional del Aire y del Espacio -en adelante, indistintamente, FIDAE-solicitó la elaboración de una resolución que autorice la delegación de las facultades que

posee el Comandante del Comando Logístico indicadas en el artículo 1 de la ley N° 18.928 en el Gerente Logístico y en el Director Ejecutivo, a fin de llevar a cabo procesos de contratación hasta 100 UTM y 1.000 UTM, respectivamente.

B.- Que, a modo de contexto, es menester tener presente que el artículo 1° de la ley N° 18.928 que "Fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas" otorga directamente al Comandante del Comando Logístico la potestad para, en representación del Fisco, efectuar adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios, a título gratuito u oneroso, en la forma establecida por la ley N° 19.886 de "Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios".

C.- Que, a su vez, el artículo 2° de la citada ley permite que la misma autoridad pueda delegar, por resolución fundada y en materias específicas, la facultad de efectuar las adquisiciones indicadas en el artículo 1° de dicha disposición, en el Oficial de la respectiva institución que en tal resolución se determine.

D.- Que, a raíz de lo anterior, mediante la resolución exenta de la Fuerza Aérea de Chile (C.L) N° 4/347, de fecha 22 Mar.2010, citada en la letra I.- de los Vistos, se delegaron las facultades del artículo 1° de la ley N° 18.928 a Comandantes de Unidades y Oficiales que se indican en ella.

E.- Que, por otro lado, mediante resolución exenta N° 585, de fecha 28 Nov.2022, de la Comandancia en Jefe, se aprobó el nuevo Reglamento Serie "A" N° 5 "Estructural de Funcionamiento del Comando Logístico", donde se incluye como nueva Unidad Ejecutiva del Comando Logístico a FIDAE.

F.- Que, en la mencionada resolución exenta de la letra I.- de los Vistos, no se encuentran considerados el Director Ejecutivo y el Gerente Logístico de la Feria Internacional del Aire y del Espacio, por no ser una Unidad Jurídica del Comando Logístico al momento de su elaboración.

G.- Que, así las cosas, consta que la cantidad de adquisiciones de bienes y contratación de servicios que actualmente realiza la Institución FIDAE es significativa, por lo que se requiere adoptar procedimientos que permitan utilizar de manera racional, eficiente y de forma óptima los recursos institucionales.

H.- Que, conforme al documento de la letra J.- de los Vistos, la delegación de facultades en el Director Ejecutivo de FIDAE y en el Gerente Logístico, permitirá la reducción de los tiempos de tramitación de los procesos de adquisición y, por consiguiente, una mejor oportunidad en la satisfacción de las necesidades de la Unidad solicitante;

III.- Resuelvo:

A.- Delégase las facultades contenidas en el artículo 1° de la ley N° 18.928, relativas a efectuar adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles, en el Director Ejecutivo de la Feria del Aire y del Espacio de la Fuerza Aérea de Chile, por un monto de hasta 1.000 Unidades Tributarias Mensuales (U.T.M.), pudiendo dictar todas las resoluciones, actos administrativos, y suscribir los contratos que correspondan.

B.- Delégase las facultades contenidas en el artículo 1° de la ley N° 18.928 relativas a efectuar adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles, en el Gerente Logístico de la Feria del Aire y del Espacio de la Fuerza Aérea de Chile, por un monto de hasta 100 Unidades Tributarias Mensuales (U.T.M.), pudiendo dictar todas las resoluciones, actos administrativos, y suscribir los contratos que correspondan.

C.- En el ejercicio de las facultades delegadas, deberán ceñirse estrictamente a las disposiciones de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, así como las normas de la ley N° 18.928 y demás disposiciones legales aplicables.

D.- Cabe hacer presente que, para aquellas adquisiciones que resulten superiores a 1.000 U.T.M., las mencionadas facultades se mantendrán en el Comandante del Comando Logístico.

E.- La Feria del Aire y del Espacio deberá mantener un registro de todos los documentos suscritos y contratos celebrados en virtud de las especiales facultades que por este acto se delegan.

Anótese, regístrese y publíquese en el Diario Oficial.- Máximo Venegas Raggio, General de Aviación, Comandante del Comando Logístico, Presidente de FIDAE.






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