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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2010


MODIFICA DECRETOS SUPREMOS MDN. N°s 199 DE 2009 Y 92 DE 2010, EN CUANTO A LA DENOMINACIÓN DE UNIDAD DE EJÉRCITO QUE INDICA Y DEPENDENCIA ORGÁNICA DEL COMANDO GENERAL DE LA RESERVA DEL EJÉRCITO
Núm. 145.- Santiago, 27 de mayo de 2010.- Visto:
a) Las atribuciones que me confiere el artículo 32, números 6° y 17 de la Constitución Política de la República de Chile;
b) El decreto supremo MDN. (G) N° 1.266, de 26 de diciembre de 1984, que establece la organización del Estado Mayor General del Ejército;
c) El decreto supremo MDN. (G) N° 199, de 3 de diciembre de 2009, que deja sin efecto decretos supremos MDN N°s. 191 de 2004 y 156 de 2006, modifica decreto supremo MDN N° 1.266, de 1984, y crea unidades de Ejército que indica;
d) El decreto supremo MDN. (G) N° 92, de 25 de febrero de 2010, que modifica decreto supremo MDN. N° 51, de 11 de marzo de 2009, en cuanto a dependencia orgánica del Comando General de la Reserva del Ejército;
e) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;
f) Lo solicitado por el Comandante en Jefe del Ejército en el Memorándum CJE.EMGE.DIPLADE IIa. (R) N° 6030/1858, de 12 de mayo de 2010, y
Considerando: Lo previsto en el plan de racionalización de la estructura y desarrollo de la fuerza del Ejército, para la consolidación de su despliegue de paz y orgánica institucional,
Decreto:
1. Modifícase, en el numeral 3 de decreto supremo MDN N° 199, de 3 de diciembre de 2009, que deja sin efecto los decretos supremos MDN N°s. 191 de 2004 y 156 de 2006, modifica decreto supremo MDN N° 1.266 de 1984 y crea unidades del Ejército que indica, en el sentido de establecer que la Dirección de Planeamiento y Desarrollo del Ejército, pasará a denominarse Dirección de Operaciones del Ejército, a contar del 7 de junio de 2010.
2. Modifícase el decreto supremo MDN N° 92, de 25 de febrero de 2010, en cuanto a dependencia orgánica del Comando General de la Reserva del Ejército, la que a contar del 7 de junio de 2010, pasa a depender de la Dirección de Operaciones del Ejército.
3. Facúltase al Comandante en Jefe del Ejército para que, mediante documentos ejecutivos internos, proceda a fijar nuevas dependencias del personal y material de la unidad a que se refiere el presente decreto supremo.
4. Lo establecido en el presente decreto supremo no afectará las plantas autorizadas del Ejército.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Ejército y publíquese en el Diario Oficial.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Jaime Ravinet de la Fuente, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.




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