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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2011


Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA
LAS FUERZAS ARMADAS
MODIFICA REGLAMENTO DE TARIFAS Y DERECHOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE
Santiago, 20 de diciembre de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 423.- Visto: Lo propuesto por la Comandancia en Jefe de la Armada en su oficio ordinario N° 12.600/5559, de fecha 2 de diciembre de 2010; el artículo 169° de la Ley de Navegación, aprobada por decreto ley N° 2.222, de 1978; el Reglamento de Tarifas y Derechos de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, aprobado por decreto supremo N° 427, de 25 de junio de 1979, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo único: Modifícase el artículo 207° del decreto supremo N° 427, de 25 de junio de 1979, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que aprobó el Reglamento de Tarifas y Derechos de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, en la siguiente forma:
1.- Intercálase en el inciso segundo, a continuación de la expresión Isla de Pascua y antes de la (,) que le sigue, lo siguiente: o en alguna de las islas del Archipiélago Juan Fernández.
2.- Agréganse los siguientes nuevos incisos: A su vez, las naves de pasaje, dedicadas exclusivamente al turismo, y que dentro de un mismo viaje sean recepcionadas y permanezcan a lo menos seis horas en uno o más de los puertos de Arica, Iquique, Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, Puerto Montt, Puerto Chacabuco, Punta Arenas y Puerto Williams, pagarán la tarifa que corresponda, conforme a las siguientes condiciones:
En caso de recalada a uno de los puertos señalados en el inciso anterior, la nave pagará el 60% de la tarifa correspondiente. Si recala a dos de esos puertos, pagará el 40% de la tarifa. Si recala a tres o más de los puertos mencionados, pagará el 20% de la tarifa..
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Jaime Ravinet de la Fuente, Ministro de Defensa Nacional.- Juan Andrés Fontaine Talavera, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.- Felipe Morandé Lavín, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.




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