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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2011



Ministerio de Defensa Nacional
Subsecretaría para las
Fuerzas Armadas
ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN DE LAS SUBSECRETARÍAS DE CARABINEROS E INVESTIGACIONES
Núm. 129.- Santiago, 27 de enero de 2011.
Visto:
a) El artículo 32 N° 6 y N° 101 de la Constitución Política de la República de Chile.
b) El DFL (Hda.) N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, Estatuto Administrativo.
c) La ley 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.
d) El decreto supremo N° 51, de 19 de diciembre de 2003, del Ministerio de Defensa Nacional.
e) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1° Que la ley N° 20.424, que fija el Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional, establece en su artículo primero transitorio que las Subsecretarías de Carabineros y de Investigaciones continuarán bajo la dependencia del Ministerio de Defensa Nacional mientras no entren en vigencia las normas sobre dependencia de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.
2° Que la ley que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y establece la dependencia de las Fuerzas de Orden y Seguridad en dicho ministerio ha sido despachada por el Congreso Nacional y se encuentra pendiente su promulgación y publicación.
3° Que por necesidades de servicio de dichas Subsecretarías, se hace necesario conciliar la preceptiva reglamentaria actualmente existente con la normativa legal y orgánica constitucional que rige a la Administración del Estado y a esta Secretaría de Estado, en materia de subrogación.
Decreto:
1.- Los Subsecretarios de Carabineros e Investigaciones se subrogarán entre sí, en caso de ausencia o inhabilidad de alguno de ellos.
2.- En caso de ausencia o inhabilidad de ambos, subrogará el Subsecretario para las Fuerzas Armadas.
3.- Derógase el decreto supremo N° 51, de 19 de diciembre de 2003, del Ministerio de Defensa Nacional.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros e Investigaciones.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Allamand, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.




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