GobiernoTransparente

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2011




Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA LAS FUERZAS ARMADAS
REEMPLAZA LA CARTOGRAFÍA Y DATUM CONTENIDOS EN EL DECRETO (M) N° 41, DE 1993, QUE FIJÓ LAS ÁREAS APROPIADAS PARA EL EJERCICIO DE LA ACUICULTURA EN LA IV REGIÓN DE COQUIMBO, MODIFICADO POR DECRETO (M) N° 459, DE 2002
Núm. 2.268 exento.- Santiago, 3 de agosto de 2011.- Visto: El artículo 32, N° 6°, de la Constitución Política de la República de Chile; la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.S. N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar Por orden del Presidente de la República; la resolución N° 1.600, de 2008, y el Dictamen N° 052692, de 23 de septiembre de 2009, ambos de la Contraloría General de la República; el D.S. (M) N° 41, de 15 de enero de 1993, que fijó las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura (A.A.A.), en la IV Región de Coquimbo, modificado por el D.S. (M) N° 459, de 15 de noviembre de 2002, ambos del Ministerio de Defensa Nacional; el oficio S.S.M. Ord. N° 6025/1671, de 9 de mayo de 2007, de la Subsecretaría de Marina; lo informado por la Subsecretaría de Pesca en los oficios (D.A.C.) Ord. N° 1530, de 4 de junio de 2007, (D.A.C.) Ord. N° 96, de 13 de enero de 2011, con Informe Técnico (D.A.C.) N° 7, de 7 de enero de 2011.
Considerando:
1.- Que la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas elaboró los Planos del Borde Costero de la IV Región de Coquimbo, a escala 1:10.000 y en datum WGS-84, como base cartográfica que permite la planificación, administración y gestión en el borde costero, como asimismo, graficar las distintas actividades que se desarrollan en dicho espacio geográfico.
2.- Que la Subsecretaría de Pesca, como una forma de satisfacer sus requerimientos cartográficos para los fines de la acuicultura, decidió llevar adelante para la IV Región de Coquimbo, la edición de cartografía escala 1:20.000, referida al datum WGS-84, tomando como referencia los Planos del Borde Costero de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, restituidos a escala 1:5.000, lo que permitirá contar con planos de fácil manejo, representativos de la realidad geográfica.
3.- Que las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura de la IV Región de Coquimbo, declaradas por D.S. (M) N° 41 de 1993, fueron modificadas mediante el D.S. (M) N° 459 de 2002, en el sentido de rectificar las coordenadas, cerrar áreas, corregir errores y omisiones, considerando a esa fecha, la cartografía editada por el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA), manteniendo las áreas originalmente fijadas.
4.- Que las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura de la IV Región de Coquimbo, actualmente vigentes, mediante D.S. (M) N° 459 de 2002, considera las cartas particulares SHOA N° 3212, 3213, 3121, 4100, 4111, 4112, 4113, 4211, 4313, y las cartas generales SHOA N° 3000 y N° 4000, en las cuales se encuentra graficada la primera milla náutica fijada como A.A.A.
5.- Que la Subsecretaría de Pesca, por oficio (DAC) Ord. N° 2516, de 2 de diciembre de 2010, solicitó al Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada, la revisión y aprobación de las coordenadas geográficas y UTM resultantes de este traspaso de información, a la nueva cartografía referida al datum WGS-84, sobre los planos IV-01-SSP, IV-03-SSP y IV-04-SSP, todos a escala 1:20.000, certificación que dicho Servicio emitió por oficio SHOA Ord. N° 13000/24/330/SSP, de 29 de diciembre de 2010.
6.- Que los nuevos planos de la Subsecretaría de Pesca permitirán ubicar los polígonos de cada concesión de acuerdo a la posición que les corresponde, lo que conlleva un reposicionamiento de las coordenadas, en algunos casos la fusión, división o cambio de denominación, y en situaciones especiales, su permanencia en la cartografía del SHOA, con el propósito de compatibilizarlos con la nueva cartografía costera elaborada para la IV Región de Coquimbo.
7.- Que consecuente con lo anterior, se procederá a reemplazar la cartografía en algunas áreas y sectores que conforman las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura de la IV Región de Coquimbo, representadas en cartas SHOA, a los nuevos planos IV-01-SSP, IV-03-SSP y IV-04-SSP. Este proceso no incorpora nuevas A.A.A., ni elimina las existentes.
Decreto:
I. Reemplázase la cartografía de referencia y datum contenidos en el D.S. (M) N° 41, de 15 de enero de 1993, que fijó las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura en la IV Región de Coquimbo, modificada por el D.S. (M) N° 459, de 15 de noviembre de 2002, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, y traspásense las áreas y sectores que se indican a los nuevos planos geográficos de referencia N°s. IV-01-SSP, IV-03-SSP y IV-04-SSP, a escala 1:20.000, en datum WGS-84, editados por la Subsecretaría de Pesca, en base a los Planos del Borde Costero elaborados por el Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, revisados y aprobados por el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile, que forman parte integrante del presente decreto, de la siguiente forma:
A. EN EL ÁREA BAHÍAS COQUIMBO Y HERRADURA DE GUAYACÁN (PLANO N° 5):
a.1. Traspásese el sector Bahías Coquimbo y Herradura de Guayacán (Plano N° 5), referido en la Carta SHOA N° 4111, escala 1:15.000 3ª Edición 1989, al Plano IV-01-SSP en datum WGS-84.
a.2. Reemplázase el sector Caleta Flamenco, por lo siguiente:
Sector: Bahía Coquimbo
Plano IV-01-SSP, escala 1:20.000, datum WGS-84

B. EN EL ÁREA PUNTA POROTO A PUNTA LENGUA DE VACA (PLANO N° 6):
b.1. Traspásese el sector Punta Teatinos, referido en la Carta SHOA N° 4100, escala 1:100.000, 10 Edición 1999, al Plano IV-01-SSP, en datum WGS-84.
b.2. Reemplázase el sector Punta Teatinos, por lo siguiente:
Sector: Sur Punta Teatinos
Plano IV-01-SSP, escala 1:20.000, datum WGS-84

C. EN EL ÁREA BAHÍA GUANAQUERO (PLANO N°7) Y ÁREA BAHÍA TONGOY (PLANO N°8):
c.1. Traspásese el sector Bahía Guanaquero, referido en la Carta SHOA N° 4112, escala 1:25.000, 4ª Edición 2001, al Plano IV-03-SSP, en datum WGS-84.
c.2. Traspásense los sectores Norte de Bahía Barnes, Este Puerto Tongoy, Bahía Tongoy y Sur Península Tongoy (Hatchery), referidos en la Carta SHOA N° 4113, escala 1:25.000, 7ª Edición 1985, al Plano IV-03-SSP, en datum WGS-84.
c.3. Reemplácense los sectores Bahía Guanaquero y "Norte Bahía Barnes, por lo siguiente:
Sector: Bahía Barnes a Bahía Guanaquero
Plano IV-03-SSP, escala 1:20.000, datum WGS-84

c.4. Reemplácese el sector Este Puerto Tongoy, por lo siguiente:
Sector: Este de Puerto Tongoy
Plano IV-03-SSP, escala 1:20.000, datum WGS-84

c.5. Reemplácese el sector Bahía Tongoy, por lo siguiente:
Sector: Bahía Tongoy
Plano IV-03-SSP, escala 1:20.000, datum WGS-84

c.6. Reemplácese el sector Sur Península Tongoy (Hatchery), por lo siguiente:
Sector: Sur Península Tongoy (Hatchery)
Plano IV-03-SSP, escala 1:20.000, datum WGS-84

D. EN LAS ÁREAS RADA LAS TABLAS (PLANO N° 13) Y BAHÍA CONCHALÍ Y PUERTO LOS VILOS (PLANO N°14):
d.1. Traspásese el sector Rada Las Tablas, referido en la Carta SHOA N° 4211, escala 1:10.000, 7ª Edición 1994, al Plano IV-04-SSP, en datum WGS-84.
d.2. Traspásese el sector Bahía Conchalí y Puertos Los Vilos, referido en la Carta SHOA N° 4311, escala 1:30.000, 4ª Edición 1951, al Plano IV-04-SSP, en datum WGS-84.
d.3. Reemplácense los sectores Rada Las Tablas y Bahía Conchalí y Puertos Los Vilos, por lo siguiente:
Sector: Ensenada del Negro a Rada Las Tablas
Plano IV-04-SSP, escala 1:20.000, datum WGS-84

Coordenadas Fondeadero, Radio de Borneo de 0,90 cables (*).

Coordenadas Fondeadero, Radio de Borneo de 3,00 cables (*).

d.4. El traspaso del sector denominado anteriormente Bahía Conchalí y Puerto Los Vilos, al Plano IV-04-SSP, fue ejecutado sólo hasta el límite Sur de dicho plano, que corresponde a la latitud 30° 57‘ 27.00 S. El resto de dicho sector, establecido como A.A.A. en el D.S. (M) N° 459 de 2002, permanece vigente y referido en la Carta SHOA N° 4311, escala 1:30.000, datum local, constituyendo un sector denominado Ensenada del Negro, delimitado por las siguientes coordenadas geográficas:
Sector: Ensenada del Negro
Carta SHOA N° 4311, escala 1:30.000, datum local

E. CARTOGRAFÍA ASOCIADA A LAS A.A.A. DE LA PRIMERA MILLA NÁUTICA
e.1. Traspásese un sector de A.A.A. de la primera milla náutica, al norte de Punta Teatinos, graficado en la Carta SHOA N° 3000, edición 1979, en datum PSAD-56, al Plano IV-01-SSP, constituyendo el sector denominado Ensenada la Faja del Diablo a Ensenada El Conchal", delimitado por las siguientes coordenadas:
Sector: Ensenada La Faja del Diablo a Ensenada El Conchal
Plano IV-01-SSP, escala 1:20.000, datum WGS-84

e.2. Los demás sectores de A.A.A de la primera milla náutica en la IV Región de Coquimbo, permanecen vigentes y continúan graficados en la Carta SHOA N° 3000 edición 1979 (entre Punta Zorros y Punta Teatinos), y en la Carta SHOA N° 4000 edición 1984 (sector entre de Punta Farallones y Roca Cebollini y sector entre Sur de la Ensenada del Negro y Punta Huesos).
e.3. Desde el límite Sur del Plano IV-04-SSP, hasta el límite Sur de la IV Región de Coquimbo (Punta Huesos), las A.A.A. correspondientes a la primera milla náutica se mantienen graficadas en la Carta SHOA N° 4000.
e.4. En la Carta SHOA N° 4313, plano Puerto Pichidangui, se mantienen graficadas las A.A.A. correspondientes a la primera milla náutica.
II. La cartografía de referencia utilizada en la fijación y modificación de las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura en la IV Región de Coquimbo, establecida en los D.S. (M) N° 41 de 1993 y D.S. (M) N° 459, de 2002, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, permanece vigente en todas aquellas áreas y sectores que no se traspasaron a los Planos IV-01-SSP, IV-03-SSP y IV-04-SSP de la Subsecretaría de Pesca, de acuerdo al siguiente detalle:
- Carta SHOA N° 3000, edición 1979.
- Carta SHOA N° 4000, edición 1984.
- Carta SHOA N° 3212 edición 1945, datum local, piano Bahía Choros e Islas Adyacentes.
- Carta SHOA N° 3213 edición 1952, datum local, plano Caletas Cruz Grande y Tinajas.
- Carta SHOA N° 3213 edición 1952, datum local, plano Caleta Los Hornos.
- Carta SHOA N° 3121 edición 1956, datum local, plano Caleta Totoralillo.
- Carta SHOA N° 4211 edición 1951, datum local, plano Caleta Sierra.
- Carta SHOA N° 4211 edición 1951, datum local, plano Caleta Huentelauquén.
- Carta SHOA N° 4211 edición 1951, datum local, plano Rada Chigualoco.
- Carta SHOA N° 4313 edición 1956, datum local, plano Caleta Oscuro.
- Carta SHOA N° 4313 edición 1956, datum local, plano Puerto Pichidangui.
- Carta SHOA N° 4311 edición 1951, datum local, plano Bahía Conchalí y Puerto Los Vilos.
Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Andrés Allamand, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.




VolverTamaño de Fuente