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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2011




Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA LAS FUERZAS ARMADAS
REEMPLAZA LA CARTOGRAFÍA Y DATUM CONTENIDOS EN EL DECRETO (M) N° 331, DE 1996, QUE FIJÓ LAS ÁREAS APROPIADAS PARA EL EJERCICIO DE LA ACUICULTURA EN LA I REGIÓN DE TARAPACÁ, MODIFICADO POR DECRETO (M) N° 458, DE 2002
Núm. 3.626 exento.- Santiago, 18 de noviembre de 2011.- Visto: El artículo 32, N° 6°, de la Constitución Política de la República de Chile; la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Ley N° 20.175, que crea XV Región de Arica y Parinacota; el DS N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; la resolución N° 1.600 de 2008, y el Dictamen N° 052692, de 23 de septiembre de 2009, ambos de la Contraloría General de la República; el DS (M) N° 331, de 16 de octubre de 1996, que fijó las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura (A.A.A.) de la Región de Tarapacá, modificado por DS (M) N° 458, de 15 de noviembre de 2002, ambos del Ministerio de Defensa Nacional; los oficios Subsecretaría de Pesca (D.AC.) Ord. N° 1966, de 1 de octubre de 2010, con Informe Técnico (D.AC.) N° 2081 de 1 de octubre 2010, y (D.AC.) N° 1916, de 24 de agosto de 2011.
Considerando:
1.- Que, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas elaboró los Planos del Borde Costero de la I Región de Tarapacá, a escala 1:10.000 y en datum WGS-84, como base cartográfica que permite la planificación, administración y gestión en el borde costero, como asimismo, graficar las distintas actividades que se desarrollan en dicho espacio geográfico.
2.- Que, la Subsecretaría de Pesca, como una forma de satisfacer sus requerimientos cartográficos para los fines de la acuicultura, decidió elaborar para la I Región de Tarapacá, la edición de cartografía escala 1:20.000, referida al datum WGS-84, tomando como referencia los Planos del Borde Costero de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, restituidos a escala 1:5.000, lo que permitirá contar con planos de fácil manejo, representativos de la realidad geográfica.
3.- Que, las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura de la I Región de Tarapacá, declaradas por DS (M) N° 331 de 1996, fueron modificadas mediante el DS (M) N° 458 de 2002, en el sentido de rectificar las coordenadas, cerrar áreas, corregir errores y omisiones, considerando a esa fecha, la cartografía editada por el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA), manteniendo las áreas originalmente fijadas.
4.- Que, las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura de la I Región de Tarapacá vigentes, contienen sectores que actualmente forman parte de la XV Región de Arica y Parinacota, creada a partir de la promulgación de la ley N° 20.175, y se encuentran referidas en las cartas SHOA N° 1111, 1121, 1131, 1132, 1141, 1142, 1243, 1231, 1241, 1242, 1244, y en la carta general N° 1000, edición 1994, donde se encuentra graficada la primera milla náutica establecida como A.A.A.
5.- Que, la Subsecretaría de Pesca, por oficio (DAC) Ord. N° 1916, de 17 de septiembre de 2009, solicitó al SHOA la visación y aprobación de los planos XV-01-SSP, XV-02-SSP, XV-I-SSP, I-01-SSP, I-02-SSP, I-03-SSP y I-04-SSP, todos en escala 1:20.000 y en datum WGS-84, requiriendo, asimismo, la revisión de las coordenadas geográficas y UTM de las Áreas Apropiadas para el ejercicio de la acuicultura traspasadas a los mencionados planos. El SHOA por oficio Ord. N° 13000/24/240/SSP, de 26 de octubre de 2009, emitió la respectiva certificación.
6.- Que, los nuevos planos de la Subsecretaría de Pesca permitirán adecuar las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura de la antigua I Región de Tarapacá, a la nueva división administrativa del país, situándolas ya sea en la actual I Región de Tarapacá o en la XV Región de Arica y Parinacota, según corresponda. Del mismo modo, los referidos planos permitirán ubicar los polígonos de cada concesión de acuicultura de acuerdo a la posición que les corresponde, lo que conlleva un reposicionamiento de las coordenadas y su graficación de acuerdo a la realidad.
7.- Que, consecuente con lo anterior, se procederá a reemplazar la cartografía y planos de referencia en sectores que conforman las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura de la actual I Región de Tarapacá, representadas hasta ahora en cartas SHOA, por los nuevos planos XV-I-SSP, I-01-SSP, I-02-SSP, I-03-SSP y I-04-SSP. Este proceso no conlleva nuevas afectaciones o desafectaciones de las A.A.A. ya establecidas, solo eventualmente contempla la fusión, división y renombre de sectores traspasados a la nueva cartografía.
Decreto:
I. Reemplázase la cartografía de referencia y datum contenidos en el DS (M) N° 331 de 16 de octubre de 1996, que fijó las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura en la I Región de Tarapacá, modificado por DS (M) N° 458 de 15 de noviembre de 2002, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, y traspásense las áreas y sectores de la actual I Región de Tarapacá que se indican, a los nuevos Planos XV-I-SSP, I-01-SSP, I-02-SSP, I-03-SSP y I-04-SSP, a escala 1:20.000, datum WGS-84, editados por la Subsecretaría de Pesca, en base a los Planos del Borde Costero elaborados por el Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, revisados y aprobados por el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile, de la siguiente forma:
A. EN LAS ÁREAS "CALETA CAMARONES" Y "CALETA CHICA":
a.1. Traspásese la porción sur del sector "Punta Camarones", del área "Caleta Camarones", a partir del límite norte de la I Región de Tarapacá con la XV Región de Arica y Parinacota, referido en la Carta SHOA N° 1131, Plano N° 3, escala 1:15.000, 6ª Edición 1998, y completamente el sector "Punta Gorda – Punta Berger", del área "Caleta Chica", referido en la Carta SHOA N° 1132, Plano N° 4, escala 1:10.000, 7ª Edición 1998, junto con la correspondiente franja de la primera milla náutica fijada como A.A.A., graficada en la Carta SHOA N° 1000 en datum PSAD-56, al Plano XV-I-SSP en datum WGS-84.
a.2. Reemplázase la porción sur del sector "Punta Camarones" y completamente el sector "Punta Gorda – Punta Berger", por lo siguiente:

B. EN LAS ÁREAS "CALETA CHICA" Y "BAHÍA PISAGUA":
b.1. Traspásese el sector "Sur de Punta Canave", del área "Caleta Chica", referido en la Carta SHOA N° 1132, Plano N° 4, escala 1:10.000, 7ª Edición 1998, al Plano XV-I-SSP en datum WGS-84, junto con la correspondiente franja de la primera milla náutica fijada como A.A.A., en la Carta SHOA N° 1000 en datum PSAD-56.
b.2. Traspásese el sector "Norte Caleta Pekín", del área "Bahía Pisagua", referido en la Carta SHOA N° 1141 Plano N° 5, escala 1:20.000, 6ª Edición 1980, al Plano I-01-SSP en datum WGS-84, junto con la correspondiente franja de la primera milla náutica fijada como A.A.A., en la Carta SHOA N° 1000 en datum PSAD-56.
b.3. Reemplázanse los sectores "Sur de Punta Canave" y "Norte Caleta Pekín", por lo siguiente:

b.4. Traspásese el sector "Roca Carbonera", del área "Bahía Pisagua", referido en la Carta SHOA N° 1141 Plano N° 5, escala 1:20.000, 6ª Edición 1980, al plano I-01-SSP en datum WGS-84.
b.5. Reemplázase el sector "Roca Carbonera", por lo siguiente:

b.6. Traspásese una porción el sector "Punta Pichalo", del área "Bahía Pisagua", referido en la Carta SHOA N° 1141, Plano N° 5, escala 1:20.000, 6ª Edición 1980, al Plano I-01-SSP, en datum WGS-84.
b.7. Reemplázase parcialmente la porción norte del sector "Punta Pichalo", por lo siguiente:

b.8. El traspaso de la porción norte del sector "Punta Pichalo" al Plano I-01-SSP, fue ejecutado sólo hasta el límite sur del mencionado plano. La porción sur de este sector permanece vigente como A.A.A. y referida en la Carta SHOA N° 1141 "Bahía Pisagua", escala 1:20.000, 6ª edición 1980, en datum PSAD-56, conformando un sector denominado "Sur de Punta Pichalo", delimitado por las siguientes coordenadas geográficas:

b.9. Traspásese un sector de la primera milla náutica, al norte de la ciudad de Iquique, establecida como A.A.A. en el DS (M) N° 458 de 2002, graficada en la Carta SHOA N° 1000, escala 1:500.000 Edición 1994, al plano I-02-SSP en datum WGS-84, conformándose el siguiente sector:

C. EN LAS ÁREAS "CALETA MOLLE" Y "CALETA PATILLOS":
c.1. Traspásese el sector "Punta Larga", del área "Caleta Molle", referido en la Carta SHOA N° 1243, Plano N° 9, escala 1:5.000, 5ª Edición 1975, y un sector de la primera milla náutica al sur de la ciudad de Iquique, establecida como A.A.A., en el DS (M) N° 458 de 2002, graficada en la Carta SHOA N° 1000 en datum PSAD-56, al Plano I-01-SSP en datum WGS-84, conformándose el siguiente sector:

c.2. Traspásese el sector "Punta Redonda", del área "Caleta Molle", referido en la Carta SHOA N° 1243, Plano N° 9, escala 1:5.000, 5ª Edición 1975, al plano I-02-SSP en datum WGS-84, junto con la correspondiente franja de la primera milla náutica fijada como A.A.A., en la Carta SHOA N° 1000 en datum PSAD-56.
c.3. Traspásese un sector de la primera milla náutica, comprendido entre Punta Gruesa a Islotes Gaviotas, establecido como A.A.A. en el DS (M) N° 458 de 2002, graficada en la Carta SHOA N° 1000, escala 1:500.000, Edición 1994, al Plano I-03-SSP en datum WGS-84.
c.4. Traspásese el sector "Caleta Patillos", del área "Caleta Patillos", referido en la Carta SHOA N° 1231, Plano N° 10, escala 1:15.000, 3ª Edición 1999, al plano I-04-SSP en datum WGS-84, junto con la correspondiente franja de la primera milla náutica fijada como A.A.A., en la Carta SHOA N° 1000 en datum PSAD-56.
c.5. Reemplácense los sectores "Punta Redonda" y "Caleta Patillos", por el sector "Sur Caleta Molle a Caleta Patillos", el que incluye la primera milla establecida como A.A.A., situada entre los dos sectores que se reemplazan. El sector que se conforma está delimitado por las siguientes coordenadas geográficas:

D. EN LAS ÁREAS "CALETA PATILLOS" Y "CALETA PATACHE":
d.1. Traspásese el sector "Islote Patillos", del área "Caleta Patillos", referido en la Carta SHOA N° 1231, Plano N° 10, escala 1:15.000, 3ª Edición 1999, al Plano I-04-SSP en datum WGS-84, junto con la correspondiente franja de la primera milla náutica fijada como A.A.A., en la Carta SHOA N° 1000 en datum PSAD-56.
d.2. Traspásese el sector "Norweste Caleta Patache", del área "Caleta Patache", referido en la Carta SHOA N° 1231, Plano N° 11, escala 1:15.000, 3ª Edición 1999, al Plano I-04-SSP en datum WGS-84, junto con la correspondiente franja de la primera milla náutica fijada como A.A.A., en la Carta SHOA N° 1000 en datum PSAD-56.
d.3. Reemplácense los sectores "Islote Patillos" y "Norweste Caleta Patache", por lo siguiente:

d.4. Traspásese un sector de la primera milla náutica, establecida como A.A.A. en el DS (M) N° 458 de 2002, graficada en la Carta SHOA N° 1000, escala 1:500.000, Edición 1994, al Plano I-04-SSP en datum WGS-84. Dicho traspaso se efectúa desde la latitud 20°49’00.00 S., hasta al límite sur del referido plano, en concordancia con el área de exclusión vigente, establecida en el párrafo segundo, numeral 2, artículo único del DS (M) N° 458 de 2002, conformándose el siguiente sector:

II. La cartografía y planos de referencia del SHOA, que sirvieron de base para la fijación y modificación de las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura de la I Región de Tarapacá, establecidas por el DS (M) N° 331 de 16 de octubre de 1996, modificado por DS (M) N° 458 de 15 de noviembre de 2002, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, permanece vigente en todas aquellas áreas y sectores que no fueron traspasados a los Planos de la Subsecretaría de Pesca Nos XV-I-SSP, I-01-SSP, I-02-SSP, I-03-SSP y I-04-SSP, todos en datum WGS-84, de acuerdo al siguiente detalle:
Carta SHOA N° 1000, edición 1994, datum PSAD-56 (vigente para graficar la primera milla náutica establecida como A.A.A., en todas aquellas en que no existen planos del borde costero);
Carta SHOA N° 1141, edición 1980, datum PSAD-56, plano "Caleta Mejillones del Norte". En esta carta, el plano "Bahía Pisagua" permanece vigente respecto del sector "Sur Punta Pichalo", conforme a lo que expresan los numerales b6, b7 y b8, del presente decreto;
Carta SHOA N° 1142, edición 1998, datum WGS-84, los planos "Caleta Junín" y "Caleta Buena".
Carta SHOA N° 1241, edición 1993, datum PSAD-56, planos "Caleta Pabellón de Pica" y "Caleta Lobos";
Carta SHOA N° 1242, edición 1957, datum local, plano "Caleta Chipana"; y,
Carta SHOA N° 1244, edición 1957, datum local, plano "Guanillo del Norte".
Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Andrés Allamand, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.




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