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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2012




Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA LAS
FUERZAS ARMADAS
MODIFICA ORDINAL 2, LETRA A., DEL DECRETO (G) (S) N° 63, DE 2006, QUE MODIFICA DENOMINACIÓN Y DEPENDENCIA ORGÁNICA DEL COMANDO DE APOYO LOGÍSTICO DEL EJÉRCITO Y DEPENDENCIA ORGÁNICA DE UNIDADES DEL EJÉRCITO QUE INDICA
Santiago, 7 de febrero de 2012.- Con esta fecha S.E. ha decretado lo siguiente:
Núm. 142.- Vistos:
a) Las atribuciones que me confieren el artículo 32, los números 6 y 17 de la Constitución Política de la República de Chile;
b) El decreto supremo (G) N° 1.178, de 27.Abr.1931, de creación de la Comandancia en Jefe del Ejército;
c) El decreto supremo (G) N° 226, de 6 de octubre de 1971, que crea el Comando de Fabricaciones Militares;
d) El decreto supremo (G) N° 1.373, de 8 de septiembre de 1978, que cambia la denominación al Comando de Fabricaciones Militares;
e) El decreto supremo (G) N° 127, de 13.Dic.2005, de creación del Comando de Apoyo a la Fuerza;
f) El decreto supremo (G) N° 63, de fecha 20 de enero de 2006, que modifica la denominación y dependencia orgánica del Comando de Apoyo Logístico del Ejército y la dependencia orgánica de unidades del Ejército que indica;
g) Lo señalado en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;
h) Lo solicitado por el Comandante en Jefe del Ejército mediante memorándum CJE.EMGE.DOE.IIa. N° 6030/6148, de 30 de noviembre de 2011;
i) Oficio SS.FF.AA.Div.Jca. N° 9, de 25.Ene.2012, de la División Jurídica;
Considerando:
1) Lo previsto en el Plan de Racionalización de la Estructura y Reorganización de la Fuerza del Ejército, para la consolidación de su despliegue de paz y orgánica institucional.
2) La necesidad de integrar a la estructura superior del Ejército, el organismo responsable de la fabricación de implementos militares y civiles, la construcción de nuevas industrias, la elaboración de la cartografía militar y nacional y la certificación de la totalidad de las adquisiciones institucionales, con la finalidad de mejorar la conducción y la coordinación del quehacer de la industria militar.
Decreto:
1.- Modifícase el ordinal 2, letra a., del decreto supremo (G) (S) N° 63, de fecha 20 de enero de 2006, en el siguiente sentido:
- Suprímase la dependencia orgánica del Comando de Industria Militar e Ingeniería, organismo que pasa a depender de la Comandancia en Jefe del Ejército, dejando de depender del Comando de Apoyo a la Fuerza.
2.- Facúltese al Comandante en Jefe del Ejército para que, mediante resoluciones, proceda a fijar nueva dependencia del personal y material, de la unidad a que se refiere el presente decreto.
3.- Lo establecido en el presente decreto supremo no afectará las plantas autorizadas del Ejército.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Ejército y Diario Oficial.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfonso Vargas Lyng, Ministro de Defensa Nacional Subrogante.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Gustavo Iván Arcaya Pizarro, Subsecretario para las Fuerzas Armadas (S).




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