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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2012




Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA LAS
FUERZAS ARMADAS
MODIFICA DECRETO N° 427 (M), DE 1979, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE TARIFAS Y DERECHOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE
Núm. 261.- Santiago, 23 de abril de 2012.- Visto:
a. El artículo 32, N° 6 de la Constitución Política de la República.
b. La ley N° 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.
c. El artículo 169 de la Ley de Navegación, aprobada por decreto ley N° 2.222, de 1978.
d. El DS N° 427, de 25.Jun.1979, que Aprueba Reglamento de Tarifas y Derechos de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
e. La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
f. Lo propuesto por la Comandancia en Jefe de la Armada, en oficio N° 12.600/963 de 02.Mar.2012.
Decreto:
Artículo único: Modifícase el decreto supremo (M) N° 427, de 25 de junio de 1979, en la forma que a continuación se indica:
1. Sustitúyase el inciso primero del artículo 110°, por el siguiente:
Toda orden de ingreso girada por la Autoridad Marítima deberá ser pagada dentro del plazo en que ella se indique, el que no podrá exceder de 10 días hábiles a contar de su emisión. En caso de mora, el usuario estará afecto a un interés penal del 0.05 por ciento por cada día de atraso y hasta la fecha del pago efectivo..
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y Boletín Oficial de la Armada.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Allamand, Ministro de Defensa Nacional.- Pablo Longueira Montes, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.- Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.




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