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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2015




Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA LAS FUERZAS ARMADAS
MODIFICA DECRETO SUPREMO (G) N°19, DE 2005, QUE APRUEBA EL DNL 907 "REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO Y USO DE CONDECORACIONES, MEDALLAS Y SUS DISTINTIVOS EN LAS FUERZAS ARMADAS"
Santiago, 16 de diciembre de 2014.- Con esta fecha se ha dictado el siguiente:
Núm. 737.- Visto:
a) Lo establecido en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República.
b) La ley N° 20.424, Orgánica del Ministerio de Defensa Nacional.
c) El decreto supremo (MDN) N° 19, de fecha 11 de febrero de 2005, que aprobó el DNL 907 "Reglamento para el Otorgamiento y Uso de Condecoraciones, Medallas y sus Distintivos en las Fuerzas Armadas".
d) La resolución N° 1.600, de 30.Oct.2008, de la Contraloría General de la República.
e) El acta de reunión del Honorable Consejo de Condecoraciones de las Fuerzas Armadas N° 1/2014, de 12 de mayo de 2014.
f) La resolución ministerial N° 9.716, de fecha 04.Dic.2014, y
g) Lo propuesto por el Jefe del Estado Mayor Conjunto en oficio 1525/1667/8 de fecha 25 de agosto de 2014.
Considerando:
Lo propuesto por el Ministro de Defensa Nacional, con motivo de la conmemoración del Bicentenario del Ministerio de Defensa Nacional.
Que para conceder esta Condecoración es necesaria la incorporación de nuevas distinciones en el Reglamento para el Otorgamiento y Uso de Condecoraciones, Medallas y sus Distintivos en las Fuerzas Armadas, aprobado mediante el decreto supremo N° 19 de 11 de febrero de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra.
Decreto:
Artículo único: Modifícase el decreto supremo N°19, de 11 de febrero de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el DNL-907 Reglamento para el Otorgamiento y Uso de Condecoraciones, Medallas y sus Distintivos en las Fuerzas Armadas, en la forma en que a continuación se indica:
Inclúyase un artículo N° 45 bis.- Medalla Bicentenario del Ministerio de Defensa Nacional.
A. Otorgamiento
Será otorgada por el Ministro de Defensa Nacional, mediante resolución ministerial, propuesta por el Jefe del Estado Mayor Conjunto, Subsecretario respectivo, Jefes de los Comandos Conjuntos Norte y Austral, Director de la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos, Director General de la Defensa Civil de Chile y Director General de Movilización Nacional, al personal de Oficiales, Cuadro Permanente, Gente de Mar y Empleados Civiles, que prestan servicios o que administrativamente dependan del Ministerio de Defensa Nacional (Estado Mayor Conjunto, Subsecretaría de Defensa, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, Comando Conjunto Norte, Comando Conjunto Austral, Dirección General de Movilización Nacional, Defensa Civil de Chile, Gabinete del Ministro de Defensa Nacional).
El Ministro de Defensa Nacional, por excepción, podrá conceder la presente Medalla, a personas que hayan prestado una valiosa y sobresaliente colaboración o servicios al Ministerio de Defensa Nacional.
El personal tendrá derecho a esta presea al prestar servicios en el Ministerio de Defensa Nacional y en aquellas entidades que dependan administrativamente de él, durante el año del Bicentenario del mismo, por su contribución y participación en el desarrollo de actividades institucionales, de modo sobresaliente y espíritu de servicio.
Dicha condecoración será entregada de acuerdo a las siguientes categorías:
1. Primera Clase:
Color Dorado
Será entregada a los Oficiales de las Fuerzas Armadas y Empleados Civiles Profesionales de Planta del Ministerio y de las Fuerzas Armadas.
2. Segunda Clase
Color Plateado
Será entregada al personal del Cuadro Permanente y Gente de Mar de las Fuerzas Armadas y Empleados Civiles Técnicos y Administrativos de Planta del Ministerio y de las Fuerzas Armadas.
Tratándose del otorgamiento con carácter de excepcional señalado en el inciso 2° de la letra A de este decreto, será el Ministro de Defensa el que definirá la clase correspondiente de la medalla a conceder.
El Diploma correspondiente se atendrá al formato establecido en el anexo N° 60.
B. Entrega
La entrega podrá efectuarla el Ministro de Defensa Nacional, Jefe del Estado Mayor Conjunto, Subsecretario respectivo, Jefe del Comando Conjunto respectivo, Director de la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos, Director General de Movilización Nacional o Director General de la Defensa Civil de Chile, según se determine en la resolución ministerial que se dicte para tal efecto.
C. Descripción
1. Primera Clase
a) Presea de Pecho
Consistirá en una Cruz de Malta de 55 mm. de diámetro esmaltado en color azul, con un filete dorado en las orillas de 1 mm, el que lleva una corona de laureles en color rojo de 27 mm. de diámetro en su centro.
Sobre su centro va un círculo de 25 mm. dorado y un círculo en color blanco de 21 mm. de diámetro. Sobre éste va el escudo nacional de 11 mm. de diámetro, sobre un fondo blanco con un filete dorado.
Los costados del pasador de la cinta se prolongan por debajo de la barra inferior, en 3 mm. y desprende una guirnalda de laureles de 17 mm. de diámetro, que en su parte posterior lleva un alfiler de gancho para prenderla.
La cinta es de color azul de 40 mm. de ancho por 50 mm. de largo, la que lleva dos líneas verticales de color amarillo, de 2 mm. de ancho, las que nacen a partir de ambos bordes de la cinta, distantes 4 mm. de los mismos. En su parte superior termina en un broche constituido por dos barras de símil oro dorado en forma de pasador, para prenderla.
b) Miniatura
Será una Cruz de Malta de 11 mm. de diámetro, con una barra pasador de 17 mm. de ancho por 7 mm. de alto, que en su parte inferior lleva una guirnalda de laureles de 8 mm. de alto por 5 mm. de ancho, de la cual, pende una cinta de color azul y franjas amarillas verticales de 35 mm. de largo y 15 mm. de ancho, en forma proporcional a la presea original.
c) Distintivo
Para Personal Militar:
Será de 40 mm. de largo por 10 mm. de alto, forrado en cinta de color azul con una Cruz de Malta dorada en el centro de 11 mm. de diámetro y dos franjas de color amarillo, en forma vertical de 1 mm. de grosor, que nacen desde los 5 mm. de ambos bordes.
Para Personal Civil:
Será un botón de solapa en color dorado de 1 mm. de espesor, con un diámetro de 18 mm., en su centro llevará una Cruz de Malta dorada en relieve, sobre ella la leyenda Ministerio de Defensa Nacional, todo rodeado por laureles.
2. Segunda Clase
a) Presea de Pecho
Consistirá en una Cruz de Malta de 55 mm. de diámetro esmaltado en color azul, con un filete plateado en las orillas de 1 mm., el que lleva una corona de laureles en color rojo de 27 mm. de diámetro en su centro. Sobre su centro va un círculo de 25 mm. plateado y un círculo en color blanco de 21 mm. de diámetro. Sobre éste va el escudo nacional de 11 mm. de diámetro, sobre un fondo blanco con un filete plateado. Los costados del pasador de la cinta se prolongan por debajo de la barra inferior, en 3 mm. y desprende una guirnalda de laureles de 17 mm. de diámetro.
La cinta es de color azul de 40 mm. de ancho por 50 mm. de largo, la que lleva dos líneas verticales de color plateado, de 2 mm. de ancho, las que nacen a partir de ambos bordes de la cinta, distantes 4 mm. de los mismos. En su parte superior termina en un broche constituido por dos barras de símil plateado en forma de pasador, que en su parte posterior lleva un alfiler de gancho para prender la medalla.
b) Distintivo
Para Personal Militar:
Será de 40 mm. de largo por 10 mm. de alto, forrado en cinta de color azul con una Cruz de Malta plateada en el centro de 11 mm. de diámetro y dos franjas de color plateado, en forma vertical de 1 mm. de grosor, que nacen desde los 5 mm. de ambos bordes.
Para Personal Civil:
Será un botón de solapa en color plateado de 1 mm. de espesor, con un diámetro de 18 mm., en su centro llevará una Cruz de Malta plateada en relieve, sobre ella la leyenda Ministerio de Defensa Nacional, todo rodeado por laureles.
Detalle de las condecoraciones conforme a las figuras N° 62 y 63.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese, en el Diario Oficial y los Boletines Oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea de Chile.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Jorge Burgos Varela, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Marcos Robledo Hoecker, Subsecretario para las Fuerzas Armadas (S).




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