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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 923897 2015


Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA LAS FUERZAS ARMADAS
(IdDO 923897)
MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 204, DE 1969, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, QUE APROBÓ EL REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 1, DE 1968, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
Núm. 269.- Santiago, 22 de abril de 2015.
Visto:
1. El artículo 32, N° 6 de la Constitución Política de la República.
2. La ley N° 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.
3. El DFL N° 1 de 1997 del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.
4. El DFL N° 1 de 23 de julio de 1998 del Ministerio de Defensa Nacional, que modifica las Plantas de Oficiales y Empleados Civiles del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
5. El decreto supremo N° 204 de 1969 del Ministerio de Defensa Nacional, que Aprobó Reglamento Complementario del DFL 1 de 1968, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.
6. La resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.
7. Lo solicitado por el Comandante en Jefe de la Armada en oficio ordinario N° 6425/901 de 11 de marzo de 2014.
Considerando:
A) Que el Estado otorga a la Armada de Chile una serie de roles, dentro de los cuales destaca el apoyo al desarrollo socioeconómico del país, lo que se ha traducido en un potenciamiento y flexibilización de la carrera del Oficial de Marina en las diferentes áreas de su desempeño profesional.
B) Que ciertos contenidos del Reglamento Complementario, se encuentran desactualizados y no se ajustan a los cambios que durante la última década ha experimentado la carrera del Oficial de Marina.
C) Que, en este marco, la modificación al artículo 300 del decreto supremo N° 204 de 1969 del Ministerio de Defensa Nacional, tiene por objeto incorporar a Oficiales de otros Escalafones en el ejercicio del Mando de Unidades o Reparticiones de la Armada de Chile conforme a los Reglamentos Orgánicos respectivos y a las necesidades institucionales,
Decreto:
Artículo único.- Modifícase el decreto supremo N° 204 de 1969, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprobó el Reglamento Complementario del decreto con fuerza de ley N°1 de 1968 del Ministerio de Defensa Nacional, en la forma que a continuación se indica:
Reemplázase el artículo 300, por el que se indica:
"Artículo 300.- Los puestos que se indican estarán reglamentariamente al Mando de Oficiales Ejecutivos:
- Comandante en Jefe de la Armada.
- Comandante en Jefe de Flota, Escuadra o Fuerza Operativa.
- Comandante en Jefe de Zona Naval, con excepción de la Segunda Zona Naval, que podrá estar al Mando de un oficial Ejecutivo o Ingeniero Naval.
- Jefe del Estado Mayor General de la Armada.
- Director General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.
- Jefe de Estado Mayor de Flota, Escuadra, Fuerza Operativa o Zona Naval.
- Comandante de Agrupación Operativa, con excepción del Comando de Fuerzas Especiales, que podrá estar al Mando de un Oficial Ejecutivo o Infante de Marina.
- Comandante y 2° Comandante de Buque, con excepción del Comandante o 2° Comandante de Buques destinados al ámbito marítimo.
- Comandante Distrito Naval.
- Comandante de Base Aeronaval.".
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial de la Armada.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Jorge Burgos Varela, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Gabriel Gaspar Tapia, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.




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