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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 1353215 2018


(CVE 1353215)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

MODIFICA DENOMINACIÓN Y DEPENDENCIA ORGÁNICA DE UNIDADES DE EJÉRCITO QUE INDICA

Santiago, 4 de diciembre de 2017.- Con esta fecha S.E. ha decretado lo siguiente:
Núm. 499.

Vistos:

a.- El artículo 32, N° 6 y 17 de la Constitución Política de la República.
b.- El Art. 47° letra a), de la Ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas.
c.- La Ley N° 20.424, Orgánica del Ministerio de Defensa Nacional.
d.- El Art. 1° de la resolución N° 1.600, del 2008, de la Contraloría General de la República.
e.- Lo establecido en el numeral 1, letra b. del decreto supremo MDN N° 426 de 12.AGO.2016, que modifica decreto supremo MDN (G) N° 418 (R), de 08.MAR.1990, en cuanto a denominación de unidades del Ejército que indica.
f.- Lo establecido en la letra A, números 9, 10 y 13 del decreto supremo MDN (G) N° 418 (R), de 08.MAR.1990, que regulariza la situación legal de las unidades independientes e instalaciones militares del Ejército.
g.- Lo dispuesto en el numeral 1, del decreto supremo MDN (G) N° 245 (R), de 19.NOV.2010, que modifica decreto supremo MDN N° 154, de 29.SEP.2008, en cuanto a la dependencia orgánica de unidad que indica.
h.- Memorándum CJE.EMGE.DOE. (P) N° 12970/119, de fecha 02.NOV.2017.

Considerando:

a.- Lo previsto en el Plan de Desarrollo Estratégico Ejército 2026, en relación al proceso de racionalización de la estructura y desarrollo de la Fuerza del Ejército, dirigido a conformar una institución acorde a la realidad nacional e internacional.
b.- El imperativo de disponer de una fuerza terrestre altamente operacional, completa y sostenible, con claros atributos de disponibilidad, polivalencia, interoperabilidad y capacidad de proyección, que le permitan contribuir eficazmente al esfuerzo conjunto en las cinco áreas de misión de la Defensa Nacional (Defensa, Cooperación Internacional, Emergencia Nacional y Protección Civil, Contribución al Desarrollo Nacional y a la Acción del Estado, Seguridad e Intereses Territoriales).
c.- La necesidad de contar con una estructura organizacional sistémico-funcional, equilibrada, consistente y coherente con sus misiones, tareas y procesos.
d.- La necesidad de continuar con las acciones tendientes a cumplir con la 1ra. Etapa del Plan de Acción del Ejército al año 2018, cuyas previsiones consideran la racionalización de las estructuras institucionales, el complemento de ellas y el logro de una mejor funcionalidad institucional, para:
- Una respuesta oportuna y eficaz a la creciente demanda de Operaciones Militares distintas de la Guerra, ante desastres y catástrofes nacionales, regionales o locales.
- Optimizar la participación en operaciones internacionales, mediante el empleo de unidades orgánicas con capacidades polivalentes.

Decreto:

1. Modifícase, a contar de la total tramitación del presente decreto supremo, la denominación de la unidad que se indica, el decreto supremo consignado en la letra e de Vistos y establece funciones, conforme al siguiente detalle:

a. El Regimiento N° 2 Maipo, del Comandante Eleuterio Ramírez Molina, con guarnición en Valparaíso, dependiente de la II División Motorizada, por Brigada Maipo del Comandante Eleuterio Ramírez Molina, con guarnición en Valparaíso, dependiente de la II División Motorizada.
b. La Brigada Maipo, desarrollará en forma centralizada los procesos de personal, administrativos, logísticos, instrucción y entrenamiento del Regimiento de Infantería N° 1 Buin, Regimiento N° 19 Colchagua y Regimiento de Artillería N° 1 Tacna, optimizando además, las operaciones de ayuda humanitaria, en el contexto de las operaciones militares distintas de la guerra (desastres y catástrofes), que se generen en las zonas jurisdiccionales de cada unidad regimentaría señalada.

2. Modifícase la dependencia orgánica y decretos supremos consignados en letras f) y g) de Vistos, de las unidades de Ejército que se indica, conforme al siguiente detalle:

a. El Regimiento de Infantería N° 1 Buin, del Coronel Juan de Dios Vial Santelices, con guarnición en Santiago y Colina, dependiente de la II División Motorizada, por Regimiento de Infantería N° 1 Buin, del Coronel Juan de Dios Vial Santelices, con guarnición en Santiago, dependiente de la Brigada Maipo.
b. El Regimiento N° 19 Colchagua, del Comandante Manuel Soffia, con guarnición en San Fernando, dependiente de la II División Motorizada, por Regimiento N° 19 Colchagua, del Comandante Manuel Soffia, con guarnición en San Fernando, dependiente de la Brigada Maipo.
c. El Regimiento de Artillería N° 1 Tacna, del General Emilio Sotomayor Baeza, con guarnición en San Bernardo, dependiente de la II División Motorizada, por Regimiento de Artillería N° 1 Tacna, del General Emilio Sotomayor Baeza, con guarnición en San Bernardo, dependiente de la Brigada Maipo.

3. Facúltese al Comandante en Jefe del Ejército para nombrar a un oficial superior para que se desempeñe como Comandante de la Brigada Maipo.
4. Lo establecido en el presente decreto supremo no afectará las plantas autorizadas del Ejército y no originará mayores gastos.

Anótese, tómese razón y publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial del Ejército de Chile.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Paulina Vodanovic Rojas, Subsecretaria para las Fuerzas Armadas.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPúBLICA
División Jurídica

Cursa con alcance el decreto N° 499, d2e017, del Ministerio de Defensa Nacional

N° 1.609.- Santiago, 19 de enero de 2018.

Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que modifica denominación y dependencia orgánica de unidades de Ejército que señala, por encontrarse ajustado a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que en conformidad con el artículo 35 de la
Constitución Política de la República, los decretos del Presidente de la República deberán firmarse por el Ministro respectivo, por lo que no se advierte fundamento para que además lo suscriba la Subsecretaria del ramo, como ocurre en la especie, por lo que en lo sucesivo dicha autoridad deberá abstenerse de ello.
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma.

Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.

Al señor
Ministro de Defensa Nacional
Presente.




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