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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 1828828 2020


(CVE 1828828)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas
MODIFICA DECRETO N° 255 EXENTO, DE 2020, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, QUE FIJA TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES Y ACTUACIONES DEL DL N° 2.306, DE 1978, QUE DICTA NORMAS SOBRE RECLUTAMIENTO Y MOVILIZACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS

Santiago, 27 de julio de 2020.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:
Núm. 670 exento.

Visto:

a) Lo dispuesto en el artículo N° 32 N° 6 de la Constitución Política de la República. b) La Ley N° 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.
c) Lo dispuesto en el decreto ley N° 2.306, de 1978, que Dicta Normas sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas.
d) El decreto supremo N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que Faculta a los Ministros de Estado para firmar Por orden del Presidente de la República.
e) El decreto exento N° 255 de 2020, del Ministerio de Defensa Nacional, que Fija Tasas de Derechos a Solicitudes y Actuaciones del DL N° 2.306, de 1978, que Dicta Normas sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas, para el primer semestre del año 2020.
f) Lo dispuesto en la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.
g) Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.

Considerando:

a) La necesidad de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 90 del decreto ley N°
2.306 de 1978, referido a la fijación semestral de las Tasas de Derechos, en los meses de enero y julio de cada año, por concepto de solicitudes y actuaciones del decreto ley, las que se establecerán por decreto supremo y regirán desde su publicación en el Diario Oficial.
b) Que, mediante decreto exento N° 255 singularizado en el Visto letra e), se fijaron las Tasas de Derechos relativas a las solicitudes y actuaciones del decreto ley N° 2.306, de 1978, que Dicta Normas sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas, para el primer semestre del año 2020.
c) Que, la propuesta realizada por la Dirección General de Movilización Nacional, para el segundo semestre de 2020, no incorpora variaciones a los valores de las tasas de derechos fijadas para el primer semestre del presente año, manteniendo los mismos establecidos en el decreto exento ya referido.

Decreto:

Artículo único: Modifícase, el decreto exento N° 255 de 2020, del Ministerio de Defensa Nacional, que Fija Tasas de Derechos a Solicitudes y Actuaciones del DL N° 2.306, de 1978, que Dicta Normas sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas, en los siguientes términos:

a) Reemplázase, en el numeral 1, la expresión Primer Semestre del año 2020 por segundo semestre del año 2020.
b) Reemplázase, en el numeral 2, la expresión Segundo Semestre de 2020 por primer semestre de 2021.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile.- Por orden del Presidente de la República, Alberto Espina Otero, Ministro de Defensa Nacional.- Ignacio Briones Rojas, Ministro de Hacienda.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Annadas.




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