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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 1353952 2018

DO 2021-04-23 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS

(CVE 1929173)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Subsecretaría para las Fuerzas Armadas

MODIFICA DECRETO Nº 254 EXENTO, DE 2020, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL QUE FIJA TASAS DE DERECHOS A ACTUACIONES DE LA LEY N° 18.356, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE CONTROL DE LAS ARTES MARCIALES

Santiago, 16 de marzo de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:

Núm. 198 exento.

Visto:

a) Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República. b) La ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.

c) La ley Nº 18.356, que Establece Normas sobre Control de las Artes Marciales.

d) El decreto supremo Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que Faculta a los Ministros de Estado para firmar “Por Orden del Presidente de la República”.

e) El decreto exento Nº 254 de 2020, del Ministerio de Defensa Nacional, que Fija Tasas de Derechos a Actuaciones de la Ley Nº 18.356, que Establece Normas sobre Control de las Artes Marciales, para el año 2020.

f) Lo dispuesto en la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República. g) Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.

Considerando:

a) La necesidad de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 7 de la Ley Nº 18.356, en lo referido a la fijación anual de las Tasas de Derechos, en el mes de enero de cada año, por concepto de solicitudes y actuaciones, las que se establecerán por decreto supremo y regirán desde su publicación en el Diario Oficial.

b) Que, mediante decreto exento Nº 254 singularizado en el Visto letra e), se fijaron las Tasas de Derechos a Actuaciones de la Ley Nº 18.356, que Establece Normas sobre Control de las Artes Marciales, para el año 2020.

c) Que, la propuesta realizada por la Dirección General de Movilización Nacional, para el año 2021, no incorpora variaciones a los valores de las tasas de derechos fijadas para el presente año, manteniendo los mismos establecidos en el decreto exento ya referido,

Decreto:

Artículo único: Modifícase el decreto exento Nº 254 de 2020, que Fija Tasas de Derechos a Actuaciones de la Ley Nº 18.356, que Establece Normas sobre Control de las Artes Marciales, en los siguientes términos:

a) Reemplázase, en el numeral 1, el número “2020” por “2021”.

b) Reemplázase, en el numeral 3, el número “2021” por “2022”.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile.- Por orden del Presidente de la República, Baldo Prokurica Prokurica, Ministro de Defensa Nacional.- Rodrigo Cerda Norambuena, Ministro de Hacienda.

Lo que se transcribe para su conocimiento.-Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Annadas.






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