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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 1353952 2018

DO 2021-12-01 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS

(CVE 2049612)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Subsecretaría para las Fuerzas Armadas

CESA BRIGADA "MAULE" Y MODIFICA DEPENDENCIA ORGÁNICA DE UNIDADES DEL EJÉRCITO DE CHILE

Núm. 159.- Santiago, 4 de mayo de 2021.

Vistos:

a. La Constitución Política de la República de Chile (art. 32° números 6 y 17).

b. La ley N°18.948 "Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas" (art. 47° letra a). c. Ley N°20.424, Orgánica del Ministerio de Defensa Nacional.

d. El decreto supremo (MDN) N°424, de fecha 12.Ago.2016, que crea, fija denominación, guarnición y dependencia orgánica de Brigada del Ejército y modifica denominación y dependencia orgánica de Unidades de Ejército que indica.

e. Lo establecido en el decreto supremo N°1, de 2018, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el cuarto libro de la Defensa Nacional de la República de Chile, edición 2017, y deroga el DS (G) N°53, del 29 de enero de 2010.

f. La resolución N°7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

g. Lo solicitado por el Comandante en Jefe del Ejército en el Memorándum CJE EMGE DOE IIa (R) N°6030/17712, de fecha 26.Oct.2019.

Considerando:

1.- Lo previsto en el Plan de Desarrollo Estratégico "Ejército 2026", en relación al proceso de racionalización institucional, dirigido a mejorar la gestión del recurso humano destinado a optimizar aspectos administrativos, logísticos, de instrucción y entrenamiento, en beneficio de una mayor eficiencia en el accionar de la Fuerza Terrestre, con el objeto de conformar una Institución acorde a la realidad nacional e internacional.

2.- La necesidad de disponer de una estructura organizada de la Fuerza Terrestre (II División Motorizada), de acuerdo a las necesidades institucionales y que permita optimizar la gestión técnica y administrativa, a fin de lograr una mayor eficiencia en los procesos, de acuerdo a las demandas de la administración del Estado, con transparencia y rigor técnico.

3.- El imperativo de mejorar la gestión del mando de la II División Motorizada, basado en la racionalización del personal, el uso eficiente de los recursos económicos asignados y la oportunidad en el proceso de toma de decisiones, en el ámbito de las Áreas de Misión establecidas en el Cuarto libro de la Defensa Nacional de la República, especialmente en lo referido a la acción institucional, ante situaciones de "Emergencia Nacional y Protección Civil".

Decreto:

Modifícase el decreto supremo (MDN) N°424, de fecha 12.Ago.2016, que crea, fija denominación, guarnición y dependencia orgánica de Brigada del Ejército y modifica denominación y dependencia orgánica de Unidades de Ejército de Chile que indica, a contar de la total tramitación del presente decreto supremo, en el sentido de:

1.- Cese, a contar de la total tramitación del presente decreto supremo, la Brigada "Maule", con asiento en la Guarnición de Concepción, dependiente de la II División Motorizada.

2.- Modificase el numeral 2 en el siguiente sentido:

a) En la letra a), reemplázase la frase "Regimiento N°6 "Chacabuco", del Coronel Marcial Pinto Agüero, con Guarnición en Concepción, dependiente de la Brigada "Maule""; por "Regimiento N°6 "Chacabuco", del Coronel Marcial Pinto Agüero, con Guarnición en Concepción, dependiente de la II División Motorizada".

b) En la letra b), reemplázase la frase "Regimiento N°9 "Chillán", del Comandante Juan Antonio Varas Pinochet, con Guarnición en Chillán, dependiente de la Brigada "Maule""; por "Regimiento N°9 "Chillán", del Comandante Juan Antonio Varas Pinochet, con Guarnición en Chillán, dependiente de la II División Motorizada".

c) En la letra c), reemplázase la frase "Regimiento N°16 "Talca", del Coronel José Silvestre Urizar Garfias, con Guarnición en Talca, dependiente de la Brigada "Maule""; por "Regimiento N°16 "Talca", del Coronel José Silvestre Urizar Garfias, con Guarnición en Talca, dependiente de la II División Motorizada".

3.- El Comandante en Jefe del Ejército, en uso de sus atribuciones, dispondrá mediante documentos ejecutivos internos, el desarrollo de las funciones y tareas derivadas del cese de funcionamiento de la Brigada "Maule", traspasando las responsabilidades de organización y funcionamiento a los Regimientos señalados en los literales a), b) y c) del numeral 2. precedente.

4.- Lo establecido en el presente decreto supremo, no afectará las plantas autorizadas del Ejército y no irrogará mayores gastos.

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial del Ejército de Chile.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Baldo Prokurica Prokurica, Ministro de Defensa Nacional.

Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.






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