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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 1353952 2018

DO 2022-01-13 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS

(CVE 2070655)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Subsecretaría para las Fuerzas Armadas

AUTORIZA LA CREACIÓN DE LA CONDECORACIÓN "CRUZ DE SERVICIO EN LAS ESCUELAS MATRICES DE LA ARMADA DE CHILE"

Santiago, 6 de marzo de 2019.- Con esta fecha S.E. ha decretado lo siguiente: Núm. 118.

Visto:

a) El artículo N° 32 N° 6 de la Constitución Política de la República. b) La ley N° 20.424, Orgánica del Ministerio de Defensa Nacional.

c) Lo dispuesto en los artículos 21° y 22° del "Reglamento para la Creación, Otorgamiento y Uso de Condecoraciones, Medallas y Distintivos en las Fuerzas Armadas y la Defensa Nacional", aprobado por DS N° 461 del Ministerio de Defensa Nacional de fecha 05.Sep.2016.

d) La resolución N° 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

a) El Acta de Reunión del Honorable Consejo de Condecoraciones de las Fuerzas Armadas y la Defensa Nacional N° 02/2018, de 10 de octubre de 2018, y

b) Lo propuesto por el Comandante en Jefe de la Armada en Oficio N° 1525/4667, de fecha 12 de noviembre de 2018.

c) La necesidad de la Armada de Chile de crear y otorgar condecoraciones a los Oficiales y Personal de Gente de Mar, a quienes hayan contribuido al proceso formativo de Cadetes y Grumetes.

Decreto:

Artículo 1°.- Créase la Condecoración "Cruz de Servicio en Escuelas Matrices de la Armada de Chile", cuyo otorgamiento, entrega, descripción y diploma, tendrá las siguientes características:

1. Otorgamiento:

Será otorgada a Oficiales y Personal de Gente de Mar de la Armada de Chile que, habiendo contribuido al proceso formativo de Cadetes y Grumetes, se hayan hecho acreedores a este reconocimiento por su permanencia como dotación en la Escuela Naval "Arturo Prat" o Escuela de Grumetes "Alejandro Navarrete Cisterna". Tendrán derecho a esta condecoración el personal de Oficiales y Gente de Mar que sea transbordado a la Escuela Naval o Escuela de Grumetes, de acuerdo a lo siguiente:

Directores: Al menos 1 año académico (11 meses).

Oficiales y Gente de Mar: Al menos 2 años académicos (1 año y 10 meses).

Calificación:

Lista N° 1 de Clasificación y no haber incurrido en falta grave o superior, durante todo el período exigido.

2. Entrega:

La condecoración "Cruz de Servicio en Escuelas Matrices de la Armada de Chile" y su respectivo diploma, se otorgará mediante resolución dictada por el Comandante en Jefe de la Armada. Se impondrá durante ceremonia a realizarse en la Escuela Matriz en el mes de diciembre de cada año y no tendrá costo para quien la reciba. Esta condecoración será entregada en forma retroactiva, al personal en servicio activo que haya servido durante su carrera en alguna Escuela Matriz y que cumpla con los requisitos establecidos en el párrafo precedente.

3. Descripción:

Consiste en una presea de pecho en forma de cruz de 4 puntas, de 50 milímetros entre puntas opuestas. La forma de la cruz se obtiene a partir de las formas generales de la "cruz patada" y de la "cruz de occitania". La primera es aquella cuyos brazos se estrechan al llegar al centro y se ensanchan en los extremos; para efectos de la presente condecoración es de color plateado envejecido oscuro. Sobre esta destaca la forma de la "cruz de occitania", la que consiste en una cruz con brazos del mismo tamaño y forma curvilínea que se abren hacia los extremos terminando en tres puntas por brazo. Esta última cruz es de color blanco esmaltado con un ribete de color plateado envejecido más claro que el plateado de la "cruz patada".

Al centro de la condecoración y grabada en relieve sobre un fondo de color azul marino, destaca el ancla de cepo característica de la Armada de Chile, en color plateado envejecido. Esta figura representa, a su vez, la unión entre el símbolo característico de la Escuela Naval, las "dos anclas cruzadas", con el de la Escuela de Grumetes, el "ancla almirantazgo". Contorneando el centro descrito, resalta una leyenda superior que dice "Servicio" y una inferior, "Escuela Matriz", todo lo cual sobre fondo blanco esmaltado entre ribetes de color plateado envejecido, como se muestra en la figura.

Esta condecoración pende de una cinta de color azul marino de 40 milímetros de ancho por 45 milímetros de largo, la que en su parte superior termina en un broche constituido por dos barras de metal de color plateado envejecido en forma de pasador, que en su parte posterior lleva un alfiler de gancho para prender la condecoración. La argolla inferior sobre la cual descansa la condecoración es de color plateado envejecido.

La cinta sobre la cual pende la condecoración tiene dos franjas de color blanco (que simbolizan la Escuela Naval y la Escuela de Grumetes en su misión única y distintiva de formar al personal de la Armada), las cuales se ubican a 3 milímetros del extremo izquierdo y derecho. Cada franja blanca tiene un ancho de 2 milímetros y están separadas a 3 milímetros una de la otra.

4. Miniatura:

Será una réplica de la condecoración original, cuyas dimensiones corresponderán a un tercio del tamaño original y que penderá de una cinta de raso de iguales características de 35 milímetros de largo por 10 milímetros de ancho.

5. Distintivo:

Será de 40 milímetros de largo por 10 milímetros de alto, forrado en género de raso color azul marino con dos franjas blancas de igual ubicación (izquierda y derecha), en la parte central de la cinta se ubica un ancla de cepo.

6. Modelo de Diploma:

"CRUZ DE SERVICIO EN ESCUELAS MATRICES DE LA ARMADA DE CHILE"

Artículo 2°.- Modifícase el decreto supremo N° 461, del Ministerio de Defensa Nacional del 5.Sep.2016, que aprobó el "Reglamento para la creación, otorgamiento y uso de Condecoraciones, Medallas y Distintivos en las Fuerzas Armadas y la Defensa Nacional", en el siguiente tenor:

Incorpórese el artículo precedente como Art. 49° ter.-, Condecoración "Cruz de Servicio en Escuelas Matrices de la Armada de Chile", estableciendo su figura y diploma como se indica en el siguiente cuadro:

Artículo 3°.- Autorízase al Estado Mayor Conjunto en su calidad de órgano de coordinación y de trabajo del Consejo de Condecoraciones para las Fuerzas Armadas y la Defensa Nacional, para editar texto actualizado, coordinado, concordado y sistematizado del DS (G) N° 461, de 2016, y sus anexos.

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial de la Armada de Chile.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alberto Espina Otero, Ministro de Defensa Nacional.

Lo que se transcribe para su conocimiento.- Juan Francisco Galli Basili, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.






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