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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 1353952 2018

DO 2022-04-19 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS

(CVE 2114522)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Subsecretaría para las Fuerzas Armadas

MODIFICA DEPENDENCIA ORGÁNICA DE LAS ESCUELAS DE ESPECIALIDADES Y CENTRO DE ENTRENAMIENTO DE COMBATE QUE SE INDICAN

Núm. 161.- Santiago, 4 de mayo de 2021.

Vistos:

a) El art. 32° número 6 y 17 de la Constitución Política de la República de Chile.

b) El art. 47° letra a) de la ley N° 18.948, "Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas".

c) La ley N° 20.424, "Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional".

d) La ley N° 19.880, que "Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado", de 29 de mayo de 2003.

e) El decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, que "Establece Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas".

f) El decreto supremo (MDN) N° 47, de fecha 18 de enero de 2016, que "Modifica Decretos Supremos MDN (G) N° 67, de 9 de junio de 2005 y N° 84, de 21 de octubre de 2005, y fusiona la División Escuelas a la División Educación del Ejército".

g) El decreto supremo MDN.SSG.DEPTO.II/1 N° 6030/129, de fecha 13 de diciembre de 2005, que "Modifica dependencia orgánica de Unidades del Ejército que indica".

h) El decreto supremo (MDN) N° 472, de fecha 4 de septiembre de 2014, que "Modifica Decreto Supremo N° 215 de 2007 del MDN, que Crea, dispone Guarnición fija dependencia orgánica del Centro de Entrenamiento de Combate Acorazado del Ejército".

i) El decreto supremo (MDN) N° 193, de fecha 4 de abril de 2011, que "Crea, dispone Guarnición y fija dependencia orgánica de la Escuela de Equitación del Ejército".

j) La resolución N° 7, de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República.

k) El Plan de Desarrollo Estratégico del "Ejército 2026".

l) Lo propuesto por el Comandante en Jefe del Ejército en su Memorándum CJE EMGE DOE IIa (P) N° 12970/1, de fecha 8 de enero de 2021.

Considerando:

1.- Lo previsto en el proceso de racionalización institucional, dirigido a mejorar la gestión del recurso humano destinado a optimizar los aspectos de mando y control, administrativos, logísticos, de instrucción y entrenamiento, en beneficio de una mayor eficiencia en el empleo de los medios del Ejército, con el objeto de conformar una institución acorde a la realidad nacional e internacional.

2.- La necesidad de disponer de un diseño organizacional que permita optimizar la gestión técnica, administrativa y financiera, acorde a una mayor eficiencia en los procesos, de acuerdo a las demandas de la administración del Estado, con transparencia y rigor técnico, lo cual no requiere aumento de la planta institucional, como tampoco irrogará una mayor asignación de presupuesto.

3.- La exigencia de fortalecer la relación funcional con las organizaciones de la Fuerza Terrestre que generan la demanda de preparación, en el contexto de los cursos de especialización.

4.- La necesidad de sostenimiento, apoyo logístico y administrativo especializado y oportuno de los institutos que se relacionan directamente con las unidades de la Fuerza Terrestre que históricamente han apoyado la ejecución de los cursos que imparten.

Decreto:

1.- Elimínese, a partir de la total tramitación del presente decreto supremo, la letra k., del numeral 1 del decreto supremo MDN. SSG. DEPTO. II/1 N° 6030/129, de fecha 13 de diciembre de 2005.

2.- Establécese que la "Escuela de Montaña" pasa a depender orgánicamente de la "III División de Montaña".

3.- Modifícase, a partir de la total tramitación del presente decreto supremo, el numeral 1, del decreto supremo (MDN) N° 472, de fecha 4 de septiembre de 2014, en el sentido de establecer que el "Centro de Entrenamiento de Combate Acorazado del Ejército" pasa a depender orgánicamente del Comando de Operaciones Terrestre del Ejército.

4.- Modifícase, a partir de la total tramitación del presente decreto supremo, el numeral 1. del decreto supremo (MDN) N° 193, de fecha 4 de abril de 2011, en el sentido de establecer que la "Escuela de Equitación del Ejército" pasa a depender orgánicamente del Regimiento Escolta Presidencial N° 1 "Granaderos" del General Manuel Bulnes Prieto.

5.- Facúltase al Comandante en Jefe del Ejército para establecer, mediante documentos ejecutivos internos, la orgánica de detalle de las unidades que modifican su dependencia y emitir las disposiciones necesarias para dar cumplimiento al presente decreto.

6.- Lo establecido en el presente decreto supremo, no afectará las plantas autorizadas del Ejército y no irrogará una mayor asignación de presupuesto.

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial del Ejército de Chile.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Baldo Prokurica Prokurica, Ministro de Defensa Nacional.

Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.






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