(CVE 2607312)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas
DL N° 2.306, DE 1978, QUE DICTA NORMAS SOBRE RECLUTAMIENTO Y MOVILIZACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS
Núm. 12 exento.- Santiago, 14 de enero de 2025.
Visto:
a. El artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República.
b. La Ley N° 20.424, Orgánica del Ministerio de Defensa Nacional.
c. Lo dispuesto en los artículos N° 90 y N° 91 del DLN° 2.306, de 1978, que dicta Normas sobre Reclutamiento y Movilización de las FF.AA.
d. El decreto supremo (M.Segpres) N° 19 de 22.Ene.2001, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República".
e. La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República. f. Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.
Considerando:
La necesidad de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 90 del DL N° 2.306, de 1978, en lo referido a la fijación semestral de las tasas de derechos por concepto de solicitudes y actuaciones del DL, en los meses de enero y julio de cada año, las que se establecerán mediante decreto supremo y regirán desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Decreto:
1. Fíjase para regir en el primer semestre del año 2025, las siguientes Tasas de Derechos a las solicitudes y actuaciones relacionadas con el DLN° 2.306, de 1978, que dicta normas sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas:
ITEM SOLICITUD TASA
1. Certificado de Situación Militar ............................................................... $ 0.-
2. Solicitud de Anticipo................................................................................... $ 0.-
3. Solicitud de Voluntariedad......................................................................... $ 0.-
4. Solicitud de Voluntariedad Femenina....................................................... $ 0.-
5. Solicitud de Curso Especial de Instrucción Militar ................................ $ 0.-
6. Solicitud de Prestación de Servicios Profesionales ................................. $ 6.360.-
7. Renovación de solicitud de Prestación de Servicios Profesionales................................................................................................. $ 1.110.-
8. Solicitud de Conscripción Inmediata. ...................................................... $ 0.-
9. Solicitud de Conscripción al final de la carrera ...................................... $ 3.820.-
10. Renovación de solicitud de Conscripción al final de la Carrera ...................................................... $ 1.110.-
11. Certificado Exclusión.................................................................................. $ 0.-
12. Solicitud de Exención.................................................................................. $ 0.-
13. Solicitud de Amnistía.................................................................................. $ 18.630.-
14. Solicitud de Rectificación de Nombre y/o Datos Militares.................... $ 0.-
15. Solicitud de Indulto por Infracción al D/L, 2.306 de 1978..................... $ 13.820.-
16. Certificado de Pase a la Reserva de Disponibles. .................................... $ 0.-
17. Reclamación ante la Comisión Especial de Acreditación. ..................... $ 0.-
18. Resolución de la Comisión Especial de Acreditación – Rechazada...... $ 0.-
19 Resolución de la Comisión Especial de Acreditación – Aceptada........ $ 0.-
20. Otras Actuaciones no Expresadas en Tabla.............................................. $ 0.-
21. Solicitud en la Reserva para Oficiales:
a. Solicitud de Nombramiento en la Reserva........................................ $ 0.-
b. Solicitud de Ascenso en la Reserva .................................................... $ 0.-
c. Solicitud de Cambio de Institución en la Reserva............................ $ 0.-
d. Solicitud de Cambio de Escalafón en la Reserva.............................. $ 0.-
e. Solicitud de Llamado al Servicio Activo............................................ $ 0.-
f. Solicitud de Título de Grado de Oficial de Reserva ......................... $ 0.-
g. Certificado de Título de Oficial de Reserva ...................................... $ 0.-
22. Solicitud en la Reserva para el Cuadro Permanente:
a. Solicitud de Nombramiento en la Reserva........................................ $ 0.-
b. Solicitud de Ascenso en la Reserva. ................................................... $ 0.-
c. Solicitud de Cambio de Institución en la Reserva............................ $ 0.-
d. Solicitud de Cambio de Escalafón en la Reserva.............................. $ 0.-
e. Solicitud de Llamado al Servicio Activo............................................ $ 0.-
f. Solicitud de Título de Grado de Cuadro Permanente ..................... $ 0.-
g. Certificado de título de Cuadro Permanente.................................... $ 0.-
2. Las tasas de derechos indicadas precedentemente, regirán desde la publicación del presente decreto supremo y su vigencia expirará con la publicación del decreto supremo correspondiente al segundo semestre del año 2025.
3. Los Derechos que afectan a las solicitudes y actuaciones antes citadas, se pagarán de acuerdo a los procedimientos administrativos que establezca la Dirección General de Movilización Nacional, la que también emitirá instrucciones a los jefes de las oficinas cantonales, respecto a las rendiciones de cuentas de los valores recaudados.
La Dirección General de Movilización Nacional podrá eximir el pago de todo o parte de los Derechos que se establecen en la presente Tabla, en casos calificados.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile.- Por orden del Presidente de la República, Maya Fernández Allende, Ministra de Defensa Nacional.- Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda. Lo que transcribe para su conocimiento.- Galo Eidelstein Silber, Subsecretario para las Fuerzas
Armadas.