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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2011




Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA LAS
FUERZAS ARMADAS
(Extractos)
OTORGA CONCESIÓN DE ACUICULTURA
1.- Resolución 1.770, de 4 de octubre de 2010, Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, otorgó a Integration of Patagonic Marine Resources S.A., sociedad chilena, RUT 96.924.180-3, con domicilio en Suyal 1615, Villa Lancuyen, Puerto Montt, concesión de acuicultura de porción de agua y fondo de mar, solicitud 204103251, de fecha 28 de octubre de 2004, ubicada al Este de Punta Pillán, Isla Chuit, comuna de Chaitén, provincia de Palena, X Región de Los Lagos, individualizada en la ubicación señalada en el plano 354-2010-AC, visado por la autoridad marítima de Chaitén.
2.- El sector tiene una superficie de 32,52 hectáreas y está delimitado por las siguientes coordenadas geográficas:
Referidas al plano DPC-305 (Datum WGS84).
Vértice A Lat. 42°40’06,25 S. Long. 73°03’58,16 W.
Vértice B Lat. 42°40’06,40 S. Long. 73°03’45,30 W.
Vértice C Lat. 42°40’30,40 S. Long. 73°03’45,81 W.
Vértice D Lat. 42°40’30,10 S. Long. 73°04’11,54 W.
3.- Esta concesión de acuicultura tiene por objeto único la realización de actividades de cultivo en el área concedida y deberá amparar la instalación y operación de un cultivo del grupo de especies mitílidos.
Santiago, 24 de marzo de 2011.- Por orden del Subsecretario para las Fuerzas Armadas, Miguel Zúñiga Fernández, Coordinador Depto. Asuntos Marítimos.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPúBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance las resoluciones N°s. 1.770 y 1.771, de 2010, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas
N° 6.999.- Santiago, 3 de febrero de 2011.
Esta Entidad de Control ha dado curso a los documentos del rubro, mediante los cuales se otorgan las concesiones de acuicultura que indican por encontrarse ajustados a derecho, pero cumple con hacer presente que en los expedientes administrativos que se acompañan se ha omitido adjuntar el oficio N° 69.867, de 2010, de esta Contraloría General, que representó la ilegalidad de los actos en estudio, y cuyos reparos se han subsanado, lo cual, en lo sucesivo, debe ser enmendado a fin de dar cumplimiento al artículo 18 de la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado (aplica criterio de dictamen N° 74.685, de 2010).
Con el alcance que antecede se ha tomado razón de los actos administrativos del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor
Subsecretario para las Fuerzas Armadas
Presente.




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