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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2011


Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA LAS
FUERZAS ARMADAS
OTORGA CONCESIÓN DE ACUICULTURA
(Extracto)
1.- Resolución 1.960, de 30 de noviembre de 2010, Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, otorgó a Patagonia Salmon Farming S.A., sociedad chilena, RUT 96.527.440-5, con domicilio en avenida Diego Portales 860, Puerto Montt, concesión de acuicultura de porción de agua y fondo de mar, solicitud 204103205, de fecha 30 de septiembre de 2004, ubicada en Golfo Corcovado, al Noroeste de Bahía Corcovado, comuna de Chaitén, provincia de Palena, X Región de Los Lagos, señalada en los planos AC-515-2010 y AC-516-2010, ambos visados por la Autoridad Marítima de Chaitén.
2.- El sector tiene una superficie de 41,82 hectáreas y está delimitado por las siguientes coordenadas geográficas:
Referidas al Plano DPC-309, 1ª edición 2006 (Datum WGS-84)
Vértice ALat.43°10’22,16S.Long.72°56’27,81W.
Vértice BLat.43°10’30,32S.Long.72°56’05,07W.
Vértice CLat.43°10’51,60S.Long.72°56’19,32W.
Vértice DLat.43°10’43,44S.Long.72°56’42,06W.

3.- Esta concesión de acuicultura tiene por objeto único la realización de actividades de cultivo en el área concedida y deberá amparar la instalación y operación de un cultivo del grupo de especies salmónidos.
4.- El concesionario deberá dar cabal cumplimiento al proyecto técnico y cronograma de actividades, aprobado por resolución exenta 2.923, de fecha 1 de septiembre de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Pesca.
Santiago, 20 de abril de 2011.- Por orden del Subsecretario para las Fuerzas Armadas, Miguel Zúñiga Fernández, Coordinador de Asuntos Marítimos.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPúBLICA
División Jurídica
Cursa con alcances resoluciones Nos 1.959 y 1.960, de 2010, de la Subsecretaría para las Fuerzas
Armadas
N° 5.757.- Santiago, 28 de enero de 2011.
Esta Entidad de Control ha dado curso a los documentos del rubro, mediante los cuales se otorgan las concesiones de acuicultura que indican por encontrarse ajustados a derecho, pero cumple con hacer presente que esta Contraloría General entiende que el monto que debe pagar cada concesionario por concepto de patente única de acuicultura a que se refiere el N° 10 de los actos en estudio, se incrementará de manera progresiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1° transitorio de la ley N° 20.434 (aplica criterio de dictamen N° 437, de 2011), y que la remisión efectuada en el N° 13 de la resolución N° 1.960, ya citada en la suma, debe entenderse realizada a su N° 9, y no como en ella se indica.
Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de los actos administrativos del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor
Subsecretario para las Fuerzas Armadas
Presente.




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