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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 2013


AUTORIZA INCORPORACIÓN DE ESPECIES EN CONCESIÓN DE ACUICULTURA
Mediante resolución 322, del 31 de enero de 2013, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, se resolvió:
1.- Autorízase a Fiordo Blanco S.A., sociedad chilena, RUT 96.540.710-3, con domicilio en Avenida Diego Portales 2000, Puerto Montt, para incorporar el cultivo del grupo de especies salmónidos, solicitud 211103056, del 16 de junio de 2011, en la concesión de acuicultura de porción de agua y fondo de mar, otorgada por resolución 1.945, del 30 de diciembre de 1996, transferida a su actual titular por resolución 1.520, del 15 de julio de 1999 y modificada por resolución 1.485, del 20 de noviembre de 2008, todas del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, ubicada en estero Comau, sector río Leptepu, caleta Leptepu, comuna de Chaitén, provincia de Palena, X Región de Los Lagos.
2.- El concesionario deberá dar cabal cumplimiento al proyecto técnico y cronograma de actividades, aprobado por resolución exenta 707, del 12 de abril de 1996, modificada por resolución exenta 3.485, del 7 de diciembre de 2004, por resolución exenta 2.259, del 22 de agosto de 2008 y por resolución exenta 2.007, del 18 de julio de 2012, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, Subsecretaría de Pesca.
Santiago, 27 de marzo de 2013.- Por orden del Subsecretario para las Fuerzas Armadas, Camilo Mirosevic Verdugo, Abogado, Jefe División Jurídica.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPúBLICA
División Jurídica
Cursa con alcances resolución N° 322, de 2013, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas
N° 10.912.- Santiago, 15 de febrero de 2013.
Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del epígrafe, que modifica la concesión de acuicultura que señala, por encontrarse ajustado a derecho, no obstante cumple con hacer presente que la resolución exenta N° 3.485, de 2004, fue dejada sin efecto por la resolución exenta N° 2.259, de 2008, ambas de la Subsecretaría de Pesca, por lo que no procede que el numeral 2 del acto administrativo de la suma haga alusión a ella.
Asimismo, cabe precisar que del expediente administrativo que sirve de fundamento a la resolución del rubro se desprende que el domicilio de la concesionaria es Avenida Diego Portales N° 2000, piso 13, Puerto Montt, lo que se ha omitido consignar de esa forma en el N° 1 de la resolución en estudio.
Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo en examen.
Saluda atentamente a Ud., Pedro Aguerrea Mella, Abogado Jefe División Jurídica Subrogante, Contraloría General de la República.- Por orden del Contralor General.
Al señor
Subsecretario para las Fuerzas Armadas
Presente.




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