
(CVE 2729106)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Fuerza Aérea de Chile / Dirección General de Aeronáutica Civil
(Resolución)
Núm. 2.398 exenta.- Santiago, 6 de noviembre de 2025.
Vistos:
a) La ley N° 16.752, que fija organización y funciones y establece disposiciones generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil, en adelante "la DGAC".
b) El decreto ley N° 1.939, que fija normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado.
c) La ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
d) Lo dispuesto en el "Reglamento Tasas y Derechos Aeronáuticos" DAR-50, aprobado por el DS del Ministerio de Defensa N° 172, de 1974.
e) La resolución DGAC N° 358, del 29.AGO.2016 y sus modificaciones posteriores, sobre Delegación de Atribuciones y sus modificaciones posteriores.
f) La resolución N° 36, de 2024, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón de la Contraloría General de la República.
g) La resolución DGAC exenta N° 101/01479, de fecha 29.JUN.2007 y sus modificaciones posteriores.
h) Certificado de defunción de don Pedro José Alfonso González, CI 2.634.398-5, inscrito con el número 690, circunscripción Las Condes, del año 2025.
Considerando:
a) Que mediante resolución exenta N° 101/01479, de fecha 29.JUN.2007, modificada por la resolución exenta N° 14/1/2/0111/02030, de fecha 30.DIC.2009, modificada por la resolución exenta N° 14/1/2/0218, de fecha 30.DIC.2011, modificada por resolución exenta N° 14/1/2/0291, de fecha 30.DIC.213, modificada por resolución exenta N° 305, de fecha 29.DIC.2016, modificada por resolcuión exenta N° 215, de fecha 28.DIC.2018, modificada por resolución exenta N° 432, de fecha 09.ABR.2021 y modificada por resolución exenta N° 1.998, de fecha 30.DIC.2022, la DGAC otorgó concesión a la persona natural, Sr. Pedro José Alfonso González, cédula nacional de identidad número 2.634.389-5, para la prestación de servicios a terceros, consistente en el abastecimiento de comida a bordo de aeronaves que así lo requieran, más un espacio en plataforma para estacionamiento de un vehículo de la empresa, todo ello en el Aeropuerto Mataveri de Rapa Nui.
b) Que, la última modificación de la concesión en comento, dispuesta mediante resolución exenta N° 1.998, de fecha 30.DIC.2022 -citada en el visto de la letra e)- prorrogó la vigencia de la concesión hasta el 31.DIC.2025.
c) Que, con fecha 09.JUN.2025, don Luis Fernando Astudillo Becerra, quien se desempeñara como mandatario de don Pedro José Alfonso González, informó a esta Dirección General de Aeronáutica Civil sobre el fallecimiento de su mandante, ocurrido el día 08.MAY.2025, conforme el certificado de defunción citado en el visto de la letra h).
d) Que, las obligaciones que tienen su origen en el acto de concesión son de carácter personalísimo (intuitu personae), toda vez que la resolución administrativa que la otorga se encuentra expresamente dirigida al señor Pedro José Alfonso González, en su calidad de persona natural, no pudiendo por tanto transmitirse ni subrogarse en sus derechos y obligaciones.
e) Que, este razonamiento encuentra además sustento en lo dispuesto en la resolución exenta N° 1.998, de fecha 30.DIC.2022, citada en los vistos de la letra e), cuyos numerales 28 y 29 establecen expresamente, respectivamente, que:
"El concesionario no podrá ceder, transferir o gravar, a título alguno, los derechos que le correspondan en virtud de la concesión, sin previa autorización de la DGAC"; y "Se prohíbe expresamente al concesionario dar en arrendamiento o subarrendar, en forma total o parcial, la superficie del inmueble que por el presente instrumento se le entrega en concesión. La infracción a esta obligación dará derecho a la DGAC para solicitar el término anticipado del contrato y la restitución inmediata del inmueble y de la superficie entregada en concesión".
De este modo, queda de manifiesto que el vínculo concesional se encuentra fundado en las condiciones personales del titular, de modo que su fallecimiento constituye causal suficiente para la extinción del derecho conferido.
Resuelvo:
1. Declara término de la concesión otorgada, mediante resolución DGAC exenta N° 101/01479, de fecha 09.JUN.2007 y sus modificaciones posteriores, al Sr. Pedro José Alfonso González, cédula nacional de identidad N° 2.634.389-5, con fecha 08.MAY.2025, data que consta en el certificado de defunción citado en el visto de la letra h).
2. Notífiquese mediante 2 publicaciones en el Diario Oficial, los días 1 y 15 del mes siguiente al que se dicte la presente resolución.
3. Archívese los antecedentes que dieron origen a la presente resolución en la Sección Concesiones, Subdepartamento Comercialización, Departamento Comercial de la DGAC.
4. Regístrese en el Ministerio de Bienes Nacionales, conforme a lo dispuesto en el DL N° 1.939, de 1977.
Anótese y comuníquese.- Norman Gómez Martínez, Director Comercial.